Estructura orgánica del Ministerio de Sanidad

El Ministerio de Sanidad debe establecer su estructura ajustándola a la nueva distribución de las competencias del suprimido Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social entre los Ministerios de Sanidad, de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de Consumo.

La Secretaría General de Sanidad, tiene adscritos diversos órganos, como son, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, la entidad gestora de la Seguridad Social Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y los organismos autónomos Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición y Organización Nacional de Trasplantes.

El organismo autónomo Instituto de Salud Carlos III, organismo público de investigación adscrito orgánicamente al Ministerio de Ciencia e Innovación depende funcionalmente de este Departamento cuya estructura analizamos.

La Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación mantiene su estructura, de la que dependen:

  • La Subdirección General de Sanidad Exterior
  • La Subdirección General de Promoción de la Salud y Vigilancia en Salud Pública
  • La Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral
  • La Subdirección General de Calidad Asistencial e Innovación, que sustituye a la anterior de Calidad e Innovación
  • La Subdirección General de Información Sanitaria
  • El Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias cuya conversión en Subdirección General ha sido aceptada, (pues en realidad, el Director de este centro ya tiene este nivel administrativo).

La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, hasta ahora denominada de Cartera Básica de Servicios, cambia su denominación en este Real Decreto, y tiene bajo su responsabilidad:

  • La Subdirección General de Farmacia, nueva denominación para la anterior de Calidad de Medicamentos y productos Sanitarios
  • La Subdirección General de Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Fondos de Compensación

La Dirección General de Ordenación Profesional, mantiene:

  • La Subdirección General de Formación y Ordenación Profesional, antes denominada sólo de Ordenación
  • La Subdirección General Cohesión y Alta Inspección del Sistema Nacional de Salud, que sustituye a la anterior que añadía la denominación de Recursos Humanos

La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas mantiene sus Subdirecciones:

  • La Subdirección General de Coordinación de Programas
  • La Subdirección General de Relaciones Institucionales
  • La Subdirección General de Gestión

Dependen de la nueva Subsecretaría de Sanidad 4 de las 7 Subdirecciones Generales prexistentes, con nueva denominación las dos primeras, debido a la adaptación de la nueva estructura competencial de Ministerios:

  • La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios
  • La Subdirección General de Asuntos Generales y Económico-Presupuestarios
  • La Subdirección General de Tecnologías de la Información
  • La Subdirección General de Atención al Ciudadano

De la Secretaría General Técnica dependen, también con las adaptaciones requeridas,

  • La Vicesecretaría General Técnica
  • La Subdirección General de Normativa y Recursos
  • La Subdirección General de Relaciones Internacionales y Publicaciones

Los cambios estructurales más significativos consisten en ajustar la estructura actual a la nueva distribución de las competencias del suprimido Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social entre los Ministerios de Sanidad, de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de Consumo.

  • En los órganos sectoriales, en la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, como hemos indicado, se eleva el rango del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (antes Unidad de RPT), que pasa a ser una nueva Subdirección General, como crecimiento neto.

Hasta que se apruebe el real decreto que desarrolle la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo, la estructura y funciones de la Dirección General de Consumo, se regirá por las previsiones correspondientes del Real Decreto por el que se desarrollaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, sin perjuicio de lo previsto en las disposiciones adicionales y transitorias de este real decreto.

La creación, modificación o supresión de este tipo de órganos, debe llevarse a cabo mediante norma específica con los requisitos y procedimientos establecidos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a iniciativa del departamento, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública y con el rango normativo que proceda, según el cargo que ostente la Presidencia.

(CONSEJO DE MINISTROS 10-03-2020)