COVID-19. Los controles en las fronteras interiores terrestres se prorrogan hasta las 00:00 horas del 10 de mayo
Enviado por laboral el Sáb, 25/04/2020 - 12:08
Como consecuencia de la tercera prórroga del estado de alarma, la Orden INT/368/2020, de 24 de abril (BOE de 25 de abril), prorroga los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores terrestres desde las 00:00 horas del 26 de abril de 2020 hasta las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020.
Recuérdese que estas restricciones no se aplican a la entrada en el territorio nacional por vía terrestre de:
- Ciudadanos españoles.
- Residentes en España.
- Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
- Trabajadores transfronterizos.
- Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
- Transporte de mercancías.
- Personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales.
- Personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
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