COVID-19. Fronteras: la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países se prorroga nuevamente
La Orden INT/913/2020, de 29 de septiembre (BOE del 30), prorroga hasta el 31 de octubre de 2020, sin realizar modificaciones y sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea, la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Recuérdese que la Orden INT/657/2020, ha sido modificada y prorrogada anteriormente por la Orden INT/734/2020, de 30 de julio (hasta 31 de agosto y eliminando a Argelia de la lista de países desde los que se puede viajar a España), la Orden INT/805/2020, de 28 de agosto (hasta 16 de septiembre y eliminando de la referida lista a Marruecos) y la Orden INT/851/2020, de 14 de septiembre (hasta el 30 de septiembre).
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