¿Cómo controlar o supervisar el teletrabajo?
La covid-19 está provocando un incremento del teletrabajo como respuesta a las restricciones y medidas de contención de la pandemia aún vigentes. La obligación de teletrabajar trae también aparejada la necesidad de cambiar el foco de la forma de control del trabajo, especialmente por lo que respecta a la productividad y horarios de los trabajadores que prestan sus servicios desde sus domicilios.
Puede que algunos piensen que el teletrabajo es una panacea para el trabajador, ya que se pueden dedicar menos horas al trabajo de las que se dedicarían en una oficina, pero se equivocan, ya que en la mayoría de los casos el único ahorro de tiempo que se produce es el relativo al desplazamiento.
A pesar de sus múltiples ventajas, el teletrabajo también puede presentar algunos inconvenientes: protección de datos, brechas de seguridad, estrés, horario continuo, fatiga informática, conectividad digital permanente, mayor aislamiento laboral, pérdida de la identidad corporativa, deficiencias en el intercambio de información entre las personas que trabajan presencialmente y aquellas que lo hacen de manera exclusiva a distancia y dificultades asociadas a la conectividad digital en algunas partes del territorio.
¿Qué dice la nueva regulación del trabajo a distancia sobre el control empresarial?
Las facultades de control empresarial se regulan en el artículo 22 del Real Decreto-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, en donde se determina que:
«La empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales, incluida la utilización de medios telemáticos, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.»
Por su parte en el artículo 17 de este mismo real decreto-ley se recogen algunas limitaciones al control empresarial, ya que se debe garantizar de manera adecuada el derecho a la intimidad y a la protección de datos, de acuerdo con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de los medios utilizados.
Además, la empresa no podrá exigir la instalación de programas o aplicaciones en dispositivos propiedad de la persona trabajadora y los medios de control empresarial de la actividad que se apliquen al trabajador deberán estar recogidos en el acuerdo de trabajo a distancia (art. 7 h del RDL 28/2020).
¿Qué medidas de control empresarial están utilizando las empresas para controlar el teletrabajo?
Las empresas, para asegurar el cumplimiento de los objetivos definidos para cada puesto de trabajo, pueden utilizar algunas de las siguientes formas de control.
- Encuestas de calidad. Con ellas la dirección de la empresa puede saber si el servicio se está prestando según los estándares de calidad definidos por la organización.
- Dispositivos de control de presencia del empleado o registro de la jornada. Para ello se pueden usar diferentes tipos de soluciones tecnológicas: control biométrico, fichajes en la nube, códigos de teclado individuales y aplicaciones móviles.
- Sistemas de distribución del tiempo de trabajo. Facilitan la flexibilidad de la jornada y el control del rendimiento.
- Fijación de plazos para la entrega de trabajos. Las deadlines son una manera eficaz de controlar que las tareas se realizan en el tiempo definido por la organización, facilitando a su vez la flexibilidad horaria.
- Establecimiento de indicadores. Mediante determinados KPI o indicadores del rendimiento, se controla que los trabajadores cumplan con su trabajo de manera eficiente.
- Evaluación de la progresión laboral del trabajo remoto. Con esta evaluación se determina si el empleado mejora su productividad al tener más experiencia en su trabajo.
- Monitorización de la actividad. Mediante la implantación de un software, se controlan los tiempos de conexión a las aplicaciones, el tiempo que se dedica al trabajo, se pueden hacer capturas de la pantalla del teletrabajador cada cierto tiempo, rastrear el GPS del teléfono móvil, ver que páginas web visita o medir la rapidez con la que realizan las tareas que tienen asignadas.
La transformación digital y las herramientas colaborativas han facilitado la rápida expansión del teletrabajo, pero también se están generando numerosos conflictos en el ámbito laboral por diferentes motivos, como el control empresarial, el manejo de las TIC por las diferentes generaciones, el uso de las redes sociales en el trabajo, la protección de datos, etc. Conviértete en un experto en transformación digital con el Curso Sobre Transformación Digital: Aspectos Fiscales y Laborales del CEF.-
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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-