TSJ. Despido procedente de trabajador en IT: condena al trabajador por los gastos de detective en que incurrió la empresa
Despido procedente. Reclamación de cantidad. Demanda reconvencional. Costas. Sentencia firme que declara el despido del trabajador procedente al haber actuado fraudulentamente en el periodo de incapacidad temporal (IT), simultaneando su baja médica con la realización de actividades incompatibles con su proceso de recuperación, creando un grave perjuicio para la empresa. Trabajador, vigilante de seguridad, que pincha discos en diferentes eventos musicales pese a la depresión neurótica diagnosticada.
Se estiman como perjuicios derivados de la acción del despido declarado procedente los gastos de burofax (30,64 €), gastos de notario (123,88 €), gastos de detective (653,10 €) y los gastos de letrado (1939,64 €), condenándose al trabajador a su abono más el interés legal. Prescripción. Excepción. No existe indefensión porque en el acto del Juicio oral, por vez primera, se invocase la excepción de prescripción, como hecho excluyente contra la demanda reconvencional en su condición de demandado reconvenido, como así viene admitido en el artículo 85.3 de la LRJS, dado que no se está en presencia de una demanda contra un organismo público, que en la vía previa administrativa no se alegase aquella prescripción y después se invocase en el acto del juicio oral.
(STSJ de Andalucía/Granada, Sala de lo Social, de 18 de junio de 2020, rec. núm. 2379/2019)
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