Exención del IMV en el IRPF

IMV

La Ley 2/2022, de 24 de febrero, de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias (BOE de 25 de febrero), modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dando nueva redacción a la letra y) de su artículo 7 para declarar exento el ingreso mínimo vital (IMV) en las mismas condiciones que el resto de las prestaciones monetarias públicas de carácter social, sin perjuicio de la obligación que incumbe a sus perceptores de declarar el impuesto.

Los efectos de esta modificación se retrotraen al 1 de junio de 2020, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el IMV.