Resolución del Juzgado de lo Social de Benidorm en relación con la Ley que regula las tasas en la Administración
El pasado 22 de noviembre entró en vigor la Ley 10/2012, de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia.
A partir de ese momento se han ido sucediendo diversos acontecimientos en relación con la aplicación de la misma;
La publicación de la Instrucción 5/2012 de 21 de noviembre, de la Secretaria General de la Administración de Justicia relativa a la aplicación de la tasa, posicionándose al respecto el Sindicato de Secretarios Judiciales.
Posteriormente, el 15 de diciembre, se publicó en el BOE la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y solicitud de devolución de tasas.
E inmediatamente después la Sala de lo Social Tribunal Superior de Justicia de Madrid aprueba Instrucciones sobre la aplicación de las tasas judiciales.
Por su parte el Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Benidorm publica también una Resolución al respecto de esta Ley, dicha Resolución es anterior a la publicación de los modelos de autoliquidación, y establece que, a su criterio, el establecimiento de las tasas, en el ámbito social, es contrario al derecho de la Unión Europea por, entre otros motivos, entender que es una clausula abusiva al establecer una tasa sin explicitar “qué sufragan, cómo se han valorado esos gastos y los efectos que conlleva” siendo contraria al Directiva 93/13/CEE de 5 de abril de 1993.
Consulte la Resolución del Juzgado de lo Social en este link.