¿Qué sorpresas te puedes encontrar en la nómina de diciembre?

Entre otras, la regularización del IRPF. Imagen de elementos de escritorio sobre una nómina en papel

En la nómina del mes de diciembre te puedes encontrar sorpresas agradables y otras no tanto. Entre las sorpresas agradables se encuentran las retribuciones en especie que se plasman en la nómina y que el trabajador ya ha percibido, tales como la cesta de navidad o regalos que puede hacer la empresa.

Pero las mejores noticias del mes de diciembre en lo que respecta a las retribuciones suelen llegar en forma de paga extraordinaria o con el devengo de un bonus por cumplimiento de objetivos anuales, aunque este último, se suele incluir en la nómina de los primeros meses del próximo año.

Sin embargo, diciembre no siempre trae buenas noticias para todos, ya que determinados trabajadores pueden ver mermados sus ingresos por culpa de una regularización del IRPF que suele realizarse en las nóminas a final de año.

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¿Cuándo se cobra la paga extraordinaria de Navidad?

La ansiada paga extra de Navidad se suele recibir entre el 20 y el 25 de diciembre de cada año, aunque estas fechas pueden variar según cada empresa y su convenio colectivo.

Todos los trabajadores tienen derecho a un mínimo de dos pagas extraordinarias anuales, pero algunos ya las cobran prorrateadas a lo largo del año. Para estos trabajadores, los ingresos del mes de diciembre no variarán con respecto a meses anteriores, a no ser que sea por otros motivos.

Retribución en especie en la nómina de diciembre

Las cestas y regalos propios de la Navidad que la empresa realiza a sus empleados constituyen una retribución en especie. Sin embargo, aunque son bien recibidos por los trabajadores, también puede traer alguna sorpresa, ya que en algunos casos la el importe liquido a percibir en la nómina puede verse reducido con respecto a la del mes anterior.

Las cestas y regalos navideños, al igual que la mayor parte de las retribuciones en especie, están sujetas al IRPF, y por lo tanto, la empresa debe practicar la retención correspondiente a cuenta de este impuesto.

En relación con la retención a cuenta del IRPF de las retribuciones en especie la empresa tiene dos opciones:

  • Aplicar la retención sobre el importe de la retribución en especie  que percibe el trabajador. En este caso el trabajador verá una reducción en sus retribuciones dinerarias por la merma de las retenciones a cuenta del IRPF de su retribución en especie.
  • Considerar que el importe de la retención aplicable a la retribución en especie supone un mayor coste para la empresa. En este caso el trabajador no verá reducidas sus retribuciones dinerarias.

Ejemplo práctico de una nómina de diciembre con retribución en especie

Veamos con un ejemplo práctico las dos opciones por las que puede optar la empresa en relación a la retribución en especie en la nómina de diciembre.

Un trabajador que cobra 2.100 € al mes y las dos pagas extraordinarias de forma prorrateada, recibe en el mes de diciembre una cesta de Navidad valorada en 200€ y un regalo de la empresa valorado en 100€. La retención a cuenta del IRPF que se aplica al trabajador es de un 15% y la suma de contingencias comunes, desempleo y formación profesional a cargo del trabajador asciende a 200€.

Caso en el que la empresa aplique la retención a cuenta del IRPF de la retribución en especie al trabajador. En este caso la nómina del trabajador quedaría de la siguiente manera:

Devengos salariales

Salario 2.100€
Prorrata Pagas extras 350€
Retribuciones en especie 300€
Total devengos 2.750€

Deducciones

C. comunes, desempleo y F. profesional 200€
Retención IRPF (2.750 x 15%) 412,5€
Descuento conceptos en especie 300€
Total deducciones 912,5€
Total a percibir 1.837,5€

Caso en el que la empresa considere que el importe de la retención aplicable a la retribución en especie supone un mayor coste para la empresa. En ese caso la nómina del trabajador quedaría de la siguiente manera:

Devengos salariales

Salario 2.100€
Prorrata Pagas extras 350€
Retribuciones en especie 300€
Complemento salarial (300 x 15%)(1+15%) 51,75€
Total devengos 2.801.75€

Deducciones

C. comunes, desempleo y F. profesional 200€
Retención IRPF (2.801,75 x 15%) 420,26€
Descuento conceptos en especie 300€
Total deducciones 920,26€
Total a percibir 1.881,49,5€

De esta forma el trabajador percibiría una cantidad liquida prácticamente igual al resto de los meses anteriores.

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Regularización del IRPF en la nómina de diciembre

En la nómina del mes de diciembre se puede incluir una regularización del IRPF que puede suponer una reducción del importe neto de la nómina, ya que a final de año la retención de cada trabajador debe ser la que determina Hacienda, por lo que en determinadas nóminas puede ser necesario hacer un proceso de regularización. Esto se puede deber a diferentes razones como modificaciones en el modelo 145,  incrementos salariales o cambios en el contrato del trabajador.

Cuando se realiza un proceso de regularización en el IRPF puede suceder lo siguiente:

  • El porcentaje de IRPF se mantiene igual: esto supone que no ha habido ninguna variación en las condiciones laborales o personales desde la última vez que se calculó el IRPF del trabajador.
  • El porcentaje de IRPF disminuye: la reducción podría estar originada por alguna modificación en las condiciones laborales o por algún cambio en la situación personal del empleado.
  • El porcentaje de IRPF aumenta: el incremento se puede deber a un aumento en la retribución o a que alguna de las circunstancias personales del trabajador deje de estar vigente.

Por lo tanto, en la nómina de diciembre, a pesar de haberse realizado ajustes los meses anteriores, puede ocurrir que se deba aplicar una regularización y que el empleado vea como su nómina se reduce al aumentar la retención.

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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-