Derechos profesionales y colectivos de los trabajadores autónomos
En el ámbito laboral, los derechos profesionales y colectivos suelen estar estrechamente asociados a los trabajadores por cuenta ajena, que defienden sus intereses mediante sus representantes sindicales y que tienen reconocidos estos derechos en convenios colectivos y en el Estatuto de los Trabajadores.
Sin embargo, es importante recordar que los trabajadores autónomos también poseen un conjunto de derechos profesionales y colectivos que garantizan su dignidad, seguridad y bienestar en el mundo laboral. Además, también tienen su propio estatuto, el Estatuto del trabajo autónomo.
¿Cuáles son los derechos profesionales de un trabajador autónomo?
Los derechos individuales y profesionales son fundamentales para garantizar la integridad y el bienestar de los trabajadores autónomos. Entre estos derechos podemos destacar los siguientes:
- Derecho al trabajo ya la libre elección de profesión u oficio. Los trabajadores autónomos tienen derecho a ejercer libremente la actividad profesional que elijan, siempre que cumplan los requisitos legales.
- Libertad de iniciativa económica y derecho a la libre competencia. Los trabajadores autónomos tienen libertad para organizar su actividad profesional como estimen conveniente y para competir en el mercado, siempre que cumplan con las diferentes normativas vigentes que les puedan afectar.
- Derecho de propiedad intelectual sobre sus obras o prestaciones protegidas. Los derechos de propiedad intelectual son aquellos que se confieren a las personas sobre las creaciones de su mente. Suelen dar al creador derechos exclusivos sobre la utilización de su obra por un plazo determinado de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, estado civil, religión, convicciones, discapacidad, edad, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, uso de alguna de las lenguas oficiales dentro de España o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Derecho a la igualdad ante la ley y a no ser discriminados. Todos los trabajadores autónomos tienen el derecho a ser tratados con igualdad y a no ser discriminados directa o indirectamente por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, estado civil, religión, convicciones, discapacidad, edad, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, uso de alguna de las lenguas oficiales dentro de España o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Debe garantizarse a estos trabajadores protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo o por cualquier otra circunstancia o condición personal o social.
- Derecho a la formación y readaptación profesionales. Los autónomos tienen acceso a formación pública gratuita a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) para poder mejorar sus habilidades y conocimientos y poder seguir siendo competitivos. Por ejemplo, los autónomos, tienen a su disposición recursos para optimizar su relación con el cliente, para crear su propia marca personal; para llevar a cabo una estrategia de marketing digital y hasta formación específica para resolver o solicitar ayudas y subvenciones públicas.
- Derecho a la conciliación de su actividad profesional con la vida personal y familiar. Este derecho a la conciliación permite a los trabajadores autónomos suspender su actividad en situaciones de nacimiento, ejercicio corresponsable del cuidado de lactantes, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las comunidades autónomas que lo regulen, siempre que, en este último caso, su duración no sea inferior a un año.
- Derecho a la asistencia y prestaciones sociales suficientes. Los autónomos tienen derecho a recibir apoyo en situaciones de necesidad, como en el caso de nacimiento, riesgo durante el embarazo, cuidado de los lactantes o adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar.
- Derecho a la tutela judicial efectiva de sus derechos profesionales. Los trabajadores autónomos tienen derecho a acudir a los tribunales para resolver disputas relacionadas con sus derechos profesionales, así como acceso a los medios extrajudiciales de solución de conflictos.
- Derecho a una protección adecuada de su seguridad y salud en el trabajo. Entre otros derechos, el trabajador autónomo tiene derecho a ser informado acerca de los riesgos que proyectan los demás trabajadores concurrentes en un centro de trabajo sobre él, así como sobre las situaciones de emergencia que se produzcan.
Derechos colectivos del trabajador autónomo
Los derechos colectivos permiten a los trabajadores autónomos unirse y defender sus intereses de manera conjunta. Algunos de los derechos colectivos de los trabajadores autónomos incluyen:
- Afiliarse al sindicato o asociación empresarial de su elección. Los autónomos tienen la libertad de unirse a organizaciones que representen sus intereses, en los términos establecidos en la legislación correspondiente.
- Afiliarse y fundar asociaciones profesionales específicas de trabajadores autónomos sin autorización previa. Pueden crear asociaciones que se enfoquen en sus necesidades y preocupaciones específicas.
- Ejercer la actividad colectiva de defensa de sus intereses profesionales. Los trabajadores autónomos pueden unirse para abogar por mejores condiciones laborales y políticas que benefician a su colectivo. En este sentido pueden:
- Constituir federaciones, confederaciones o uniones, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para la constitución de asociaciones, con acuerdo expreso de sus órganos competentes. Asimismo, podrán establecer los vínculos que consideren oportunos con organizaciones sindicales y asociaciones empresariales.
- Concertar acuerdos de interés profesional para los trabajadores autónomos económicamente dependientes afiliados.
- Ejercer la defensa y tutela colectiva de los intereses profesionales de los trabajadores autónomos.
- Participar en sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos colectivos. Cuando sea necesario, los trabajadores autónomos pueden recurrir a mecanismos de resolución de conflictos que no involucren la vía judicial.
Asociaciones profesionales de personas trabajadoras autónomas
Existen asociaciones específicas que se dedican a la defensa de los intereses de los trabajadores autónomos. Estas asociaciones trabajan para garantizar que los derechos profesionales y colectivos de los autónomos sean respetados. Tienen la autonomía necesaria para llevar a cabo sus funciones y, lo que es aún más importante, no persiguen fines lucrativos.
Para ser reconocidas como representantes a nivel estatal, estas asociaciones deben demostrar una suficiente implantación en el ámbito nacional. Esto implica contar con un número significativo de trabajadores autónomos afiliados y tener presencia en, al menos, tres comunidades autónomas. Estos requisitos aseguran que estas asociaciones tengan la capacidad de influir en políticas laborales y defender los derechos de los trabajadores autónomos a nivel nacional.
Por lo tanto, los derechos profesionales y colectivos de los trabajadores autónomos son esenciales para garantizar que puedan desarrollar sus actividades de manera justa y segura. La existencia de asociaciones profesionales específicas y de mecanismos de representación colectiva fortalece su posición y les permite luchar por mejores condiciones laborales.
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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-