Trabajadores ucranianos desplazados: el Estado miembro en el que se realiza el trabajo puede imponer la obligación de obtener un permiso de residencia

El objetivo basado en la necesidad de controlar que el trabajador de que se trate no representa una amenaza para el orden público también puede justificar una restricción a la libre prestación de servicios. Imagen de primer plano del visado Schengen con bandera de la UE

Una empresa eslovaca desplazó trabajadores ucranianos a una sociedad neerlandesa para llevar a cabo una misión en el puerto de Róterdam (Países Bajos). Estos trabajadores ucranianos son titulares de un permiso de residencia temporal expedido por las autoridades eslovacas. De conformidad con el Derecho neerlandés, dichos trabajadores también deben obtener un permiso de residencia neerlandés una vez transcurrido un período de 90 días. Además, se cobran tasas por cada solicitud de permiso. El juez neerlandés que debe pronunciarse sobre las reclamaciones de los trabajadores ucranianos decidió plantear una serie de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia. Desea saber si la normativa neerlandesa es conforme con la libre prestación de servicios en la Unión Europea.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia considera que la obligación de las empresas prestadoras de servicios establecidas en otro Estado miembro de solicitar un permiso de residencia para cada trabajador desplazado, con el fin de que disponga de un documento seguro, que acredite la legalidad de su desplazamiento, constituye una medida apta para alcanzar el objetivo de mejorar la seguridad jurídica de esos trabajadores. Ese permiso prueba su derecho de residencia en el Estado miembro de acogida. Además, el objetivo basado en la necesidad de controlar que el trabajador de que se trate no representa una amenaza para el orden público también puede justificar una restricción a la libre prestación de servicios.

El Tribunal de Justicia observa que las tasas adeudadas por la concesión de un permiso de residencia a un trabajador nacional de un país tercero desplazado a un Estado miembro por una empresa establecida en otro Estado miembro son superiores a las adeudadas por la concesión de un certificado de residencia a un ciudadano de la Unión. Recuerda, en relación con este hecho, que el importe de esos derechos no puede ser excesivo o irrazonable, y que debe corresponder aproximadamente al coste administrativo que genera la tramitación de una solicitud de obtención de un permiso de ese tipo, extremo que corresponde determinar al juez neerlandés.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea
COMUNICADO DE PRENSA n.º 104/24
Luxemburgo, 20 de junio de 2024

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-540/22 | Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Desplazamiento de trabajadores de países terceros)