TSJ. Cefalea crónica pos-COVID. Es determinante de incapacidad permanente absoluta en cualquier profesión
Incapacidad permanente absoluta. Diseñadora gráfica. Trabajadora que padece cefalea crónica pos-COVID de perfil tensional y frecuencia diaria, refractaria a cualquier tratamiento.
En el caso analizado, la afectada sufre, además, trastorno adaptativo mixto reactivo y déficit cognitivo tras la infección por COVID con dificultades a nivel atencional, déficit leve en reconocimiento de memoria verbal y déficits moderados en memoria verbal diferida y evocación categorial semántica. Limitación para actividades de elevada responsabilidad y/o carga de estrés, tareas que precisen atención y concentración elevada y para muy elevados requerimientos de carga física. Debe estimarse que la actora está incapacitada para su profesión habitual (diseñadora de gráficos y multimedia), al precisar esta de determinados niveles de atención y concentración, así como el uso de pantallas a lo largo de su jornada laboral, incompatibles con las dolencias descritas. No solo eso, la presencia de cefaleas continuas y diarias hace ilusorio un desempeño ordinario y habitual, con rendimiento adecuado y sin sacrificios extraordinarios, de cualquier profesión, que debería ejercitarse en condiciones de malestar y dolor casi permanente. No puede decirse, por tanto, que la juzgadora ha incurrido en error cuando ha reconocido a la demandante la incapacidad permanente absoluta. Procede el abono de una pensión equivalente al 100% de su base reguladora de 1.889,92 euros.
(STSJ de Castilla y León/Burgos, Sala de lo Social, de 24 de julio de 2024, rec. núm. 379/2024)