El impulso de la formación profesional dual en el contrato para la formación y el aprendizaje y en la formación profesional del sistema educativo. a propósito del Real Decreto 1529/2012

El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual procede a regular aquellos aspectos del contrato para la formación y el aprendizaje que requieren de un desarrollo reglamentario, entre los cuales destaca con luz propia la regulación de los aspectos formativos de esta modalidad contractual. Como no podía ser de otro modo, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 del ET, a la hora de afrontar los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, el Real Decreto 1529/2012 adopta como metodología formativa la propia de la formación profesional dual, entendida como el conjunto de las acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, que tienen por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Ahora bien, el Real Decreto 1529/2012 no se limita a implantar la formación profesional dual exclusivamente en relación con el contrato para la formación y el aprendizaje, sino que pretende establecer las bases para la implantación progresiva de la formación profesional dual en España, más allá de esta modalidad contractual, mediante su potenciación en el ámbito del sistema educativo. A tal efecto, dicha norma contempla como su objeto, junto con la consabida regulación del contrato para la formación y el aprendizaje, la regulación de determinados aspectos de la formación profesional dual, que combina los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación.

En definitiva, con la finalidad de satisfacer el objetivo de establecer las bases para la implantación progresiva de la formación profesional dual en España, el Real Decreto 1529/2012 procede a regular los dos principales ámbitos en los que actualmente se desarrolla la formación profesional dual, a saber: la actividad formativa inherente al contrato para la formación y el aprendizaje y los proyectos de formación profesional dual desarrollados en el ámbito educativo. Precisamente en este trabajo se procede a analizar cómo se organiza la formación profesional dual en cada uno de estos ámbitos.

Palabras clave: formación profesional dual, contrato para la formación y el aprendizaje, formación en alternancia, sistema educativo y desempleo juvenil.

 

Josep Moreno Gené
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Univeritat de Lleida

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RTSS. CEF. NÚM. 358 (enero 2013)

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SUMARIO

I. La formación profesional dual como mecanismo de lucha contra el desempleo juvenil

II. La formación profesional dual en el contrato para la formación y el aprendizaje

  1. La actividad formativa en el contrato para la formación y el aprendizaje prevista en el artículo 11.2 del ET
  2. El régimen transitorio de la actividad formativa en el contrato para la formación y el aprendizaje previsto en el Real Decreto-ley 3/2012 y en la Ley 3/2012
  3. La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje tras el Real Decreto 1529/2012
  4. La actividad laboral retribuida

III. La formación profesional dual del sistema educativo

  1. La potenciación de la formación profesional dual en el sistema educativo mediante la implementación de proyectos de formación profesional dual
  2. Los contornos de los proyectos de formación profesional dual del sistema educativo previstos en el Real Decreto 1529/2012