Despido
Enviado por delegadosindical el Dom, 24/02/2013 - 02:10
Hola, este es mi supuesto:
Si la empresa le propone a un trabajador la reducción de jornada, y si este no la acepta le despiden, siendo el único trabajador de su departamento y ademas necesario, para substituirlo por otro trabajador nuevo.
Y estas son mis preguntas:
¿esto es legal o es denuciable? ¿se considera despido objetivo, nulo o improcedente y si se diera alguno de los casos tendria imndenizcion? ¿se podria considerar un moob
Espero respuesta, Un saludo.
En el supuesto que relatas el
En el supuesto que relatas el trabajador tenia dos opciones en el momento de la decisión de reducción de la jornada (presumo que esta reducción se han realizado con el procedimiento correcto, ERE DEL ART.47 ET), una era acatar la medida y posteriormente recurrir contra esta, para que se declarara improcedente, o rescindir su contrato, en el sentido de una despido objetivo, en este caso también tendría derecho a indemnización de 20 días de salario por año de servicio.
Si la empresa justifica la causa, el empresario se ve avocado a la realización del despido si no se acata la medida. Por tanto si está justificado, no existiría moobing