Resumen de actuaciones
Voy a explicar mi experiencia hasta este momento en el discurrir del proceso de la reclamación de cantidad en uno de los diferentes rumbos en que puede derivar. Al final espero que alguien me ayude sobre cómo continuar desde este punto.
1. Contrato a despacho de abogados de la presentación de la reclamación de cantidad. Se establece un coste fijo del contrato por dicha presentación y uno variable en caso de celebración de la vista judicial en función de la cantidad que quede por liquidar, ya que la empresa continúa pagando salarios, aunque con retraso, y se estima que no se celebre la vista. Pero por si acaso...
2. La empresa deja de abonar salarios y entra en administración concursal. El administrador concursal emite certificado de reconocimiento de deuda por la parte restante a liquidar. Con este papel en la mano entiendo que se puede pedir cita previa al fogasa para que éste liquide la deuda con los reclamantes.
3. El despacho nos informa de que cuando realicemos dicho trámite tardaremos de año a año y medio en cobrar y que el juicio se prevé para julio del año que viene. Nos ofrecen realizar dicho trámite ellos o nosotros mismos.
Voy a ser directo. Según el contrato explicado en el punto 1, ¿el despacho puede requerirnos el pago de la parte variable? Nos dicen que ya les pagaremos lo que falta más adelante y sin embargo yo no veo la necesidad de que haya ningún juicio!
¿Qué puedo hacer para que el despacho no me cobre más?
Esta claúsula te remite
Esta claúsula te remite directamente a la celebración del juicio, así que no veo el por qué tienes que abonar esta cantidad en el supuesto de desistir al juicio. Otra cosa es que si tengas que abonarle los gastos que se hayan podido ocasionar durante todo este tiempo.
Gracias por responder, y
Gracias por responder, y disculpas por no haberlas dado antes.
Sí es cierto que he de abonar las gestiones realizadas por el despacho, sobre todo las realizadas con el administrador concursal. Dichas gestiones fueron encargadas sin un contrato de servicio, a diferencia de como se hizo con la demanda de cantidad contratada inicialmente. Y ahora explico cómo se realizaron:
Al no informarnos el despacho de la cuantía de los honorarios por estas nuevas gestiones, imagino que preferí pensar que estaba incluido en los honorarios de la interposición de la demanda. Simplemente pensé que daba igual que el certificado de deuda emitido por el administrador concursal lo pidiera yo personalmente o mi abogado: error por mi parte...
Por otro lado, desconozco si yo mismo podía haber realizado dicha petición al administrador concursal de mi ex-empresa. Entonces pregunté por email a mi abogado si él realizaba dicha gestión y él accedió. (Sin informarme del coste del servicio)
Ahora me encuentro con que me comunican los honorarios 5 meses después de realizar las gestiones, con motivo de que reciben el certificado de deuda y hay que registrar la solicitud para que el fogasa pague las deudas de mi empresa conmigo. Ante mi sorpresa, pretenden cobrarme con el variable correspondiente al contrato de la reclamación de cantidad igual que si hubiera vista judicial, pero con un descuento del 25%.
Mi problema es que me parecen unos honorarios excesivos teniendo en cuenta las gestiones realizadas, no comparables en absoluto a la preparación y gestión de una vista judicial. Además me siento algo engañado por no haber sido informado en cada instante del coste de las actuaciones posteriores a la interposición de la demandad de cantidad.
Encima me quieren cobrar un porcentaje de lo que cobre del fogasa conforme a la deuda reconocida y no conforme a lo que realmente perciba de éste! (Ya que mis nóminas superan los límites abonables por el fogasa)
¿Podéis alguno/a darme una opinión que me ayude a resolver este tema de la manera más beneficiosa para mis intereses?
Se me olvidaba, quieren cobrar antes de que me pague el fogasa, y por pedir registrar la solicitud en el fogasa me facturan adicionalmente 300€ más!
Si alguien es tan amable de decirme si esta última gestión es tan sencilla como presentar la solicitud por registro, la haré yo mismo. Y me ahorro un dinero, que encima no encuentro trabajo...
Muchas gracias a los que habéis leído hasta aquí :)
Por tu mensaje entiendo que
Por tu mensaje entiendo que hubo una carta de encargo de servicios, donde se te detallaría los servicios que te iba a prestar el abogado y la cuantía que suponía cada cosa. Por tanto te deberías basar en este para declarar que todos los gastos que haya mantenido el abogado sin tu saber el coste se sobreentendía que se incluía en estos.
De todas formas mi consejo es que te acerques al Colegio de Abogados de tu ciudad y solicites que te muestren un modelo de los gastos a pagar a los abogados por las gestiones, y que se incluye en esos abonos.