Forma y plazo de solicitudes del Programa PREPARA
Ha sido publicada en el BOE la Resolución de 1 de agosto de 2013 por la cual el SEPE determina la forma y plazo de solicitudes y tramitación de ayudas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo (Programa PREPARA).
El Real Decreto Ley 1/2013, publicado en el BOE el pasado 26 de enero, prorroga la vigencia del mismo, además de adoptar otras medidas.
A tenor de la Disp. Adic. Segunda del RDL 1/2013, se realizará una prórroga automática de la vigencia del programa por periodos sucesivos de seis meses, siempre que la tasa de desempleo sea superior al 20, siendo ésta la situación actual.
Las PERSONAS BENEFICIARIAS deberán:
- Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficias de empleo.
- Y agotar la prestación a nivel contributivo, dentro del periodo comprendido entre el 16 de agosto de 2013 y el 15 de febrero de 2014.
Además, no pueden tener derecho a ninguno de los subsidios por desempleo establecidos en la LGSS, y los que los hayan agotado deberán:
I. O bien llevar inscritos como demandantes de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses.
II. O tener responsabilidades familiares (art 215.2 LGSS).
Los beneficiarios deberán carecer de rentas superiores en cómputo mensual al 75% del SMI excluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.
La CUANTÍA MENSUAL de la ayuda será del 75% del IPREM mensual vigente en cada momento, aumentándose al 85% cuando la persona beneficiaria tenga a cargo en el momento de la solicitud al menos a 3 miembros de la unidad familiar.
La SOLICITUD deberá presentarse en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha en que hubiera agotado el derecho a la prestación o subsidio antes mencionado, siendo necesario que acredite ante el SPEE haber realizado al menos 3 acciones de búsqueda activa de empleo.
Asimismo para el RECONOCIMIENTO Y ABONO INICIAL de las ayudas se requerirá que el solicitante haya iniciado el itinerario individualizado y personalizado de inserción establecido, siendo abonada la ayuda desde el momento de la inclusión en dicho programa, descontándose proporcionalmente las cantidades que correspondan por los días de actividad así como los que no se mantenga la inscripción como demandante.