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¿Puede un trabajador repetir varios años el turno de vacaciones y bloquearlo a otro trabajador?

Hola a todos y gracias de antemano por vuestra ayuda.
Os cuento. Han llegado las fechas para elegir vacaciones y existen discrepancias sobre la repetición del turno de vacaciones. El convenio establece que:

Como principio y preferencia única para el derecho de opción de los trabajadores
a un determinado turno de vacaciones, se establece que quien optó y tuvo preferencia
sobre otro trabajador en la elección de un determinado turno, pierde esa primacía de
opción hasta tanto no la ejercite el resto de sus compañeros en una unidad de trabajo.
¿como se interpreta esto?
¿Si se establece un turno de rotación para la elección del turno de vacaciones, puede el mismo trabajador disfrutar de una fecha determinada (ejem. junio) durante varios años si otros compañeros la quieren y no la han disfrutado ningún año?
¿Hay sentencias sobre esto?
Otra vez gracias por vuestro interés.

Realmente es un apartado bastante complicado de interpretar, supongo que se referirá a que pierde la preferencia cuando se establezca otro sistema de preferencia en la elección, otra interpretación podría ser, la rotación de la preferencia anual.

La preferencia es la que es, por tanto si tienes preferencia en la elección, aún cuando siempre la disfrutes y haya interesados en ella, se te aplicará la elegida.

Gracias por tu interés, aunque sigo teniendo la misma duda. No sé si un trabajador pude repetir la fecha de vacaciones si otro esta interesado en esa misma fecha y no la ha disfrutado nunca.
Gracias