La Seguridad Social en los Presupuestos Generales del Estado para 2014

El ordenamiento de la Seguridad Social ha experimentado, con el inicio del año 2014, modificaciones importantes, derivadas tanto de la entrada en vigor de la Ley 22/2013, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014 (LPGE 2014), como de la incidencia de otras disposiciones de carácter legal o reglamentario.
A través de la LPGE 2014, además de las autorizaciones de gastos y de las previsiones e ingresos del sistema de la Seguridad Social, se recogen las normas básicas sobre la determinación de la cotización a la Seguridad Social, así como las relacionadas con la actualización de las pensiones, cuestión que experimenta, en relación con otros ejercicios económicos, una variación importante como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.
Con independencia de lo anterior, la LPGE 2014 modifica, parcialmente, la regulación del campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social; de las prestaciones de incapacidad temporal, incapacidad permanente y desempleo; de la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o de la colaboración obligatoria de las empresas; así como del Régimen Especial de los Funcionarios Civiles del Estado o del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
A su vez, la Ley 23/2013, aunque con efectos a partir del 1 de enero de 2019, incorpora en el sistema de pensiones de la Seguridad Social el denominado «factor de sostenibilidad», que constituye un factor de ajuste automático de la cuantía de las pensiones de jubilación, en función de la evolución de la esperanza de vida a la edad de los 67 años.
Por último, el Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, además de determinadas modificaciones puntuales respecto de la cotización al desempleo de los trabajadores con contrato a tiempo parcial, o en relación con la base mínima de cotización de diferentes trabajadores autónomos, da nueva redacción al artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de la determinación de la base de cotización, que implica un paso más en la equiparación entre la base de cotización a la Seguridad Social y la base imponible a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
A lo largo de este trabajo, se procede al análisis de los contenidos de los textos legales señalados, en cuanto inciden sobre la regulación del sistema de la Seguridad Social.

Palabras clave: Seguridad Social, base de cotización, revalorización, factor de sostenibilidad y jubilación.

 

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado

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RTSS. CEF. NÚM. 371 (febrero 2014)

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SUMARIO

Introducción

I. La Seguridad Social en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014

1. Los ámbitos económico-financieros de la Seguridad Social en 2014
2. La cotización a la Seguridad Social en 2014

2.1. La cotización en el Régimen General de la Seguridad Social
2.2. Cotización de los trabajadores por cuenta propia o autónomos
2.3. La cotización de las personas incorporadas al sistema especial de trabajadores agrarios por cuenta propia
2.4. Cotización en el sistema especial de trabajadores agrarios por cuenta ajena
2.5. Cotización a la Seguridad Social por las personas que prestan servicios en el hogar familiar
2.6. La cotización en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar
2.7. Cotización en el Régimen Especial de la Minería del Carbón
2.8. Cotización de los trabajadores por contingencias profesionales
2.9. La cotización al desempleo, Fondo de Garantía Salarial y para la formación profesional
2.10. La cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje
2.11. La cotización del personal investigador en formación
2.12. Otras particularidades en materia de cotización

3. La revalorización en 2014 de las pensiones de la Seguridad Social

II. Otras cuestiones recogidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 y en otras disposiciones legales de reciente promulgación

1. Modificaciones en el campo de aplicación: la Seguridad Social de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles
2. Modificaciones en el ámbito de la cotización

2.1. La determinación de la base de cotización a la Seguridad Social
2.2. Un nuevo retraso en la posibilidad de aplicar en los autónomos la cotización parcial

3. Modificaciones en el ámbito de la acción protectora

3.1. Un nuevo condicionante ante el acceso al derecho a la asistencia sanitaria
3.2. La prestación de incapacidad temporal
3.3. La delimitación de la incapacidad permanente
3.4. Una nueva fórmula para el cálculo de la pensión de jubilación: el factor de sostenibilidad
3.5. Un nuevo retraso en la aplicación de la mejora de las pensiones de viudedad
3.6. De nuevo se difiere la ampliación de la duración del permiso por paternidad
3.7. La demora en la cobertura obligatoria ante las contingencias profesionales en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
3.8. Modificaciones en el ámbito de la cobertura del desempleo
3.9. La delimitación y acreditación de la residencia en territorio español a efectos de las prestaciones de Seguridad Social
3.10. La cobertura de la dependencia

4. Modificaciones en el Régimen Especial de los Funcionarios Civiles del Estado

4.1. Modificaciones en la regulación del Régimen de Clases Pasivas

4.1.1. Condiciones del derecho a la pensión de viudedad en los casos de separación, divorcio o nulidad matrimonial
4.1.2. La jubilación voluntaria en el Régimen de Clases Pasivas
4.1.3. Efectos económicos de las prestaciones y reintegros de las prestaciones indebidas

4.2. Modificaciones en los mecanismos de cobertura mutualista

4.2.1. Enumeración de los mecanismos de cobertura
4.2.2. Determinación de los beneficiarios de la asistencia sanitaria
4.2.3. Contenido de la asistencia sanitaria

5. Modificaciones en el ámbito de la gestión

5.1. El control de la incapacidad temporal
5.2. La regulación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social

5.2.1. El plazo de vigencia de la asociación de las empresas a las Mutuas
5.2.2. Competencias del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en relación con las Mutuas

5.3. La colaboración de las empresas en la gestión de la Seguridad Social

Anexo I. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social en el año 2014
Anexo II. Tarifa para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales aplicables en 2014
Anexo III. Cuantía de las pensiones de Seguridad Social para el año 2014