peluquería. convenio.nomina.fraude
Enviado por redondo88 el Lun, 14/04/2014 - 14:17
Soy peluquera con contrato de 40 horas semanales .en mi nomina especifica que todos los meses me quitan 1,45. Euros para formación profesional. E leído en mi convenio que es obligatorio que el trabajador lo pague pero también la empresa esta obligada a darme esos cursos (uno al año) para que recicle .e aquí la cuestión mi empresa me lo quita de la nomina pero llevo 3 años que no recibo cursos. Puedo exigirle a mi empresa que me de los cursos o que me lo quite de la nomina??mi jefa dice q con mi bonificación paga su proteccion de datos .eso tengo que pagarlo yo ?? No refleja en ninguna parte que no me dan los cursos ?? Espero respuesta muchas gracias un saludo
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Es obligatorio cotizar por
Es obligatorio cotizar por formación profesional, es un derecho el recibir formación, pero como expectativa, puedes ser tú quien lo solicite , y no se podrán negar, o la empresa la que te obligue a realizarlos para adecuarte al puesto de trabajo desempeñado.
Con esas cotizaciones se crea una bolsa de formación, para cuando se realice la formación se pueda financiar de aqui, por tanto no es posible eliminar esta cotización.
pero eyas pueden gastarlo
pero eyas pueden gastarlo para eyas??xq lo pago yo y se niegan a darme los cursos
Es un derecho tuyo, por tanto
Es un derecho tuyo, por tanto la empresa no puede en su beneficio aprovecharse de esta cotización.
Así el artículo 22.3 del ET: "Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo caso cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se refiere este apartado la formación que deba obligatoriamente impartir la empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes. En defecto de lo previsto en convenio colectivo, la concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario".
Podrías hablarme de una forma
Podrías hablarme de una forma no tan técnica???
Tienes derecho a que la
Tienes derecho a que la empresa te conceda permiso para asistir a la formación profesional que necesites, y la empresa no se puede negar.