Regulada la acreditación e inscripción de centros y entidades de formación que imparten formación profesional para el empleo en la modalidad de teleformación
La Resolución de 26 de mayo de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal (en vigor el 17 de junio), regula, por un lado, el procedimiento de acreditación de los centros y entidades de formación determinados en el Real Decreto 34/2008 (art. 12) para impartir, en la modalidad de teleformación, formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad de las distintas iniciativas que configuran el subsistema de formación profesional para el empleo.
Por otro, establece, dentro del ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), el procedimiento de inscripción de los centros y entidades de formación determinados en Real Decreto 395/2007 (art. 9.1), para impartir, también en la modalidad de teleformación, especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad de las distintas iniciativas que configuran el subsistema de formación profesional para el empleo.
En ambos casos, acreditación e inscripción, implicarán la inclusión en el Registro de centros y entidades de formación del SPEE, así como en el Registro Estatal de centros y entidades de formación.
Sin perjuicio de remitir a una lectura detenida del contenido de la Resolución que se presenta, baste apuntar que se incide en la simplificación de los procedimientos de tramitación administrativa, al tiempo que se impulsa el uso de las nuevas tecnologías en la Administración pública, posibilitándose a los interesados utilizar los medios electrónicos para la realización de todos y cada uno de los trámites.
Por último, debe tenerse en cuenta que desde el 17 de junio de 2014, fecha de entrada en vigor de esta Resolución que sustituye a la Resolución de 29 de julio de 2010 en todo lo relativo a la teleformación y que modifica, en lo referente a las competencias delegadas en el Subdirector General de Políticas Activas de Empleo, la Resolución de 6 de octubre de 2008, el SPEE no otorgará nuevas inscripciones para la modalidad a distancia establecida en el Real Decreto 395/2007 (art. 8.1).