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cálculo indemnización con sueldo variable

Buenas tardes,

Querría hacer una consulta acerca de mi indemnización por despido. Me han despedido el pasado mes y la semana que viene tengo el acto de conciliación. Se trata de un despido disciplinario improcedente. Mi salario se dividía en muchos variables. Unos se cobran todos los meses (salario base, gratificación voluntaria, plus de idiomas, plus de noche reducido, complemento por experiencia y paga extra). Otros no, y son los siguientes:

- Plus de sábado (por haber trabajado el sábado)
- Plus de domingo
- Plus festivos (por haber tenido que trabajar un día festivo)
- Bolsa de vacaciones (un variable que cobra quien voluntariamente no coge vacaciones de junio a septiembre, yo lo cobré, son 637,72 euros brutos)
- SIRE (un variable de puntuación, se cobra cuando tanto el departamento como el trabajador han logrado mayores objetivos de los esperados -Sistema Integral de Retribución a la Excelencia-)
- Presentismo (se cobra cada tres meses, un plus de unos 2.50 euros diarios por el simple hecho de acudir)
- Puntualidad (se cobra cada tres meses, un plus de un euro diario por el simple hecho de llegar a tu hora)

El hecho es que la empresa me dice que para calcular la indemnización, solo debo tener en cuenta los variables que se cobran todos los meses.

Según he visto en el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, todo lo que se recibe se considera salario (salvo seguro de vida, dietas y plus de transporte).

He mandado un correo a la empresa preguntándoles en qué se basan para que no tenga que añadir estos pluses en el cálculo, pero no me dicen mucho más que "gracias por el mensaje".

Mis preguntas son:

1. ¿Debo o no debo incluir estos variables en el cálculo de la indemnización?

2. ¿Es correcto que me base simplemente en el art. 26 del Estatuto (relacionándolo con el art. 56 del mismo Estatuto), o podría tener la empresa alguna forma de acreditar que no se deben incluir dichos variables en el cálculo? El convenio de mi contrato es el Convenio Colectivo de Seguros.

3. En caso de no haber acuerdo en el acto de conciliación e ir a juicio por el tema de los variables, ¿sería prácticamente seguro que ganaría el juicio?

La diferencia final entre incluir estos pluses o no incluirlos es de unos 2500 euros. Mi contrato es tipo 189. El contrato se firmó en enero de 2006.

Perdón por alargarme tanto, si alguien me pudiera responder a las preguntas, le quedaría muy agradecido.

Sólo se incluyen los que habitualmente se cobran.