Abono del 25% de la paga extra de diciembre 2012

Abono del 25% de la paga extra de diciembre 2012

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha elaborado un documento de preguntas y respuestas relativas a la aplicación de la disposición adicional décima segunda de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de presupuestos generales del estado para 2015  en las diferentes administraciones públicas

La Disposición Adicional Décima Segunda de la Ley 36/2014, de Presupuestos Generales del Estado para el 2015, que en su apartado Uno tiene carácter básico, establece que las distintas Administraciones Públicas pueden acordar el abono de cantidades en orden a la recuperación de la paga extraordinaria, paga adicional del complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre de 2012, con los límites y alcance previstos en dicha disposición. Se establece por tanto la posibilidad del abono de los citados conceptos, de acuerdo con lo que establezca cada Administración. Respecto a los aspectos técnicos, como referencia se indican los criterios previstos para la Administración del Estado.

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS