Finalización de contrato por ETT y posterior admisión en la empresa
Enviado por Marti el Mié, 22/04/2015 - 19:05
Hola
LLevo trabajando en una ETT 9 meses, cubriendo un puesto de administrativa en una multinacional a jornada completa cobrando por horas. Me han renovado este último contrato por 4 meses lo que en agosto harán 13 meses. Me han dicho que es el último contrato que puede hacerme la ETT y que posteriormente me cogerá la empresa pero me han insinuado que sería a media jornada.
Mi pregunta es, si renuevo con la empresa a media jornada, podría cobrar la prestación por desempleo por la otra media jornada?
Muchas gracias
Los contratos de puesta a
Los contratos de puesta a disposición por parte de una empresa de trabajo temporal se rigen por los artículos de los contratos de duración determinada y formativos del Estatuto de los Trabajadores, por tanto la duración máxima será la establecida para el contrato en concreto, regulados en los art. 11 (contrato formativo) y art. 15.
La prestación del desempleo es incompatible con la prestación de servicios, existen excepciones, pero no está en ninguno de los supuestos.