Las personas desempleadas podrán beneficiarse del programa de colaboración entre órganos de la Administración del Estado
En el Boletín Oficial del Estado de ayer miércoles se publicó la Resolución de 23 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.
La Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para el programa de colaboración en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal con órganos de la Administración del Estado, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, con el fin de procurar una experiencia profesional a dichos trabajadores que les sitúe en mejor posición para su inserción en el mercado de trabajo. Los órganos que establece la resolución, como posibles beneficiarios de dichas subvenciones son los siguientes:
- Órganos de la Administración General del Estado, en los términos recogidos en el artículo 13.h).2.º de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
- Órganos de la Administración General del Estado en Ceuta y Melilla.
Según la Resolución, los proyectos que se presenten al amparo de esta convocatoria deberán cumplir los requisitos establecidos con carácter general en la normativa reguladora de estas subvenciones, y en su caso, los establecidos en el artículo 13.h).2.º de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
El plazo de presentación de solicitudes y proyectos será de 10 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal o bien, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Dicha resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
redtrabaj@
Servicio Público de Empleo Estatal
Ministerio de Trabajo e Inmigración