A propósito de la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes…un cambio en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad
La Ley 12/2015, de 24 de junio, sobre concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, de la que se da oportuna cuenta en http://www.civil-mercantil.com/, contiene en su disposición final segunda una modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, consistente en la adición de una disposición adicional, la duodécima, que con entrada en vigor el 1 de octubre de 2015, establece, por un lado, que las personas con discapacidad accederán en condiciones de igualdad a la nacionalidad española; por otra, que será nula cualquier norma que provoque la discriminación, directa o indirecta, en el acceso de las personas a la nacionalidad por residencia por razón de su discapacidad y, por último, que en los procedimientos de adquisición de la nacionalidad española, las personas con discapacidad que lo precisen dispondrán de los apoyos y de los ajustes razonables que permitan el ejercicio efectivo de esta garantía de igualdad.