Enunciado
Enviado por Editorial el Mar, 05/04/2011 - 10:30
Datos de la empresa | ||||||
• Nombre o razón social | TRIAQUIM, SA | |||||
• Domicilio | C/ Olmo n.º 13 CP/28046 | |||||
• Código de cuenta de cotización | 28007692012 | |||||
• Entidad aseguradora de AT/EP | INSS (CLAVE 777) | |||||
• Tiempo de trabajo | 8 horas/día de lunes a viernes | |||||
• Número de trabajadores | 1 | |||||
• CIF/NIF | A13523768 |
Datos del trabajador | |||
• Nombre | Víctor Fuentes Lozano (de 29 años de edad) | ||
• NIF | 33721751S | ||
• Tipo de contrato | Tiempo parcial indefinido con desempleado inscrito en la OE (clave 200) | ||
• Jornada | 6 horas diarias los lunes, miércoles y viernes, que representa el 45% de la jornada semanal a tiempo completo |
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• Jornada a tiempo completo | 8 horas diarias de lunes a viernes (40 horas semanales) | ||
• Categoría profesional | Ingeniero | ||
• Grupo de cotización | 1 | ||
• Número de afiliación a la Seguridad Social | 280035427122 | ||
• Antigüedad | 1 de enero de 2010 | ||
• Código CNAE 20 Tarifa de Primas | 1,60% (IT) y 1,40% (IMS) | ||
• Situación personal | Soltero y sin hijos |
- El trabajador percibe las siguientes retribuciones pactadas en convenio colectivo y mejoradas en su contrato de trabajo, en función de las horas trabajadas -incluida la parte proporcional de domingos y festivos-:
– Salario base 530,00 euros/mes – Complemento personal 450,00 euros/mes – Plus de titulación 300,00 euros/mes – Plus de producción 220,00 euros/mes – Mejora voluntaria 150,00 euros/mes – Plus de transporte 124,00 euros/mes - Además, tiene derecho a dos pagas extraordinarias en los meses de julio y diciembre equivalentes, cada una de ellas, a salario base más complemento personal.
- El plus de transporte lo percibe 11 meses al año.
- El trabajador disfruta sus vacaciones en el mes de agosto.
- Entre la empresa y don Víctor pactaron, por escrito, la realización de 96 horas complementarias al año, percibiendo, por cada hora, la cuantía de 20,00 euros. En el mes de febrero de 2011 realizó 8 horas complementarias.
- El convenio colectivo aplicable establece un seguro de enfermedad común con una entidad aseguradora privada con cobertura para los propios trabajadores, sus cónyuges e hijos, siendo la cuota satisfecha por el empresario al año de 560 euros por beneficiario.
- El ingreso a cuenta está repercutido en el trabajador, según acuerdo establecido entre este y el empresario.
- En febrero de 2011 percibió en concepto de horas extraordinarias por fuerza mayor la cuantía de 150 euros.
SE PIDE:
- Confeccionar el recibo de salarios correspondiente al mes de febrero de 2011.
- Determinar la bonificación aplicable por la contratación de don Víctor.
Autora: Isabel López y López
Profesora del CEF