pensión de viudedad tras la nulidad matrimonial
Enviado por SAIDA el Mar, 14/06/2011 - 12:36
Hace unos años le concedieron la nulidad matrimonial a mi vecina, pero como su situación económica se vio mermada por su nuevo estado civil, mediante sentencia le reconocieron el pago de una pensión compensatoria por parte de su ex-marido. Ahora se ha muerto y no sabe sí tiene derecho a una pensión de viudedad. Ahora que se ha quedado sin esos ingresos, le sería muy útil que le reconocieran ésta. Nos podeis ayudar
Forums:
No has especificado sí se
No has especificado sí se ha vuelto a casar o tiene una pareja de hecho.
perdida por matrimonio
Entiendo que sí se hubiese casado de nuevo o tuviese pareja de hecho daría motivos a la perdida de la pensión compensatoria. Igualmente la hubiera perdido sí el motivo para el reconocimiento de la pensión compensatoria fuera la falta de recursos económico, y esta situación hubiera desaparecido.
Necesitaba aclarar
Necesitaba aclarar términos, jejeje. En este caso será reconocida en cuantía proporcional al tiempo vivido con el causante.
¿Pero también se
¿Pero también se reconocerá sí el ex marido contrajo nuevo matrimonio?
SÍ, pero al cónyuge
SÍ, pero al cónyuge superviviente se le garantizará el 40%.
También se le garantizará al que sin ser cónyuge conviviera con el causante en el momento del fallecimiento y resultara beneficiario de la pensión de viudedad
viudedad
vamos que a la última pareja tiene garantizada un tanto porciento de la pensión independientemente de cuanto tiempo estuvieran casados, no?