Guía práctica sobre la pensión de orfandad
Enviado por Editorial el Mié, 08/03/2017 - 07:54
Cuando una persona fallece y deja hijos menores o adolescentes, éstos tiene derecho a una pensión de orfandad abonada por el sistema de la Seguridad Social. Con carácter general, se puede cobrar hasta los 21 años, si bien puede ser hasta los 25 en determinados supuestos.
¿Quiénes pueden optar? Tanto los hijos del fallecido como los de su cónyuge, siempre que llevaran más de dos años casados y hubiera dependencia económica.