Noticias

La enseñanza impartida por profesores a través de skype no es un servicio prestado por vía electrónica

La enseñanza impartida por profesores a través de skype no es un servicio prestado por vía electrónica

Servicios de enseñanza impartidos a través de una red electrónica o servicios prestados por vía electrónica, esa es la cuestión que se plantea, y resuelve, en la consulta de la Dirección General de Tributos, de 12-11-2013.

Y la contestación a esa pregunta se salda, incluso en contra de su criterio anterior, concluyendo que el servicio consistente en que un profesor imparta clases on line, a través de la red, por ejemplo a través de skype, no es un servicio prestado por vía electrónica sino un servicio de enseñanza, con la consiguiente aplicación del régimen de exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido para este tipo de servicios, una vez que están localizados en el territorio de aplicación del Impuesto -TAI, en adelante-.

Perú ratifica el Convenio Multilateral Iberoamericano

Perú ratifica el Convenio Multilateral Iberoamericano

El Convenio Multilateral Iberoamericano ha dado un nuevo paso en su camino por coordinar los sistemas nacionales de seguridad social del conjunto de países iberoamericanos: lo ha ratificado el Parlamento de Perú. El Convenio, por el que se suman los periodos cotizados en varios países para el reconocimiento de la pensión de jubilación, ya se aplica efectivamente en nueve países: Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Uruguay y Portugal.

El Convenio Multilateral de Seguridad Social lleva un largo recorrido a sus espaldas, y ahora, con la ratificación por parte del Parlamento peruano, da un paso más en la cohesión y coordinación de la comunidad iberoamericana en cuestiones de seguridad social. Gracias a este texto, un trabajador que ha pasado por varios países puede sumar los periodos cotizados en ellos para el reconocimiento de su pensión de jubilación, por ejemplo. Cada Estado paga en proporción al tiempo allí trabajado.

Implantación del IBAN en las prestaciones por desempleo y cese de actividad de los Trabajadores del mar

Implantación del IBAN en las prestaciones por desempleo y cese de actividad de los Trabajadores del mar

Desde el pasado 27 de enero de 2014 los trabajadores del mar deben facilitar al ISM el nuevo código de cuenta bancaria IBAN para realizar los trámites de prestaciones por desempleo y cese de actividad que precisen domiciliación bancaria.

TGSS

La Seguridad Social tramitó 288.842 procesos de maternidad y 237.988 de paternidad en 2013

La Seguridad Social tramitó 288.842 procesos de maternidad y 237.988 de paternidad en 2013

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) gestionó 288.842 prestaciones económicas por maternidad durante 2013, cifra que supone un descenso del número de procesos del 3,31% con respecto al año anterior. Del conjunto de prestaciones reconocidas, la mayor parte, 283.923, corresponden a permisos disfrutados por la madre y 4.919 a permisos de maternidad disfrutados por el padre.

La cuantía de la prestación es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por la Seguridad Social durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).

Además, el padre puede disfrutar del tiempo cedido por la madre -al mismo tiempo que ella o a continuación- excepto en las seis primeras semanas de descanso obligatorio para la madre, en caso de parto natural (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre). La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.

Creación de la Unidad Especial de Colaboración y Apoyo a Juzgados, Tribunales y Fiscalía General del Estado para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social

Creación de la Unidad Especial de Colaboración y Apoyo a Juzgados, Tribunales y Fiscalía General del Estado para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social

La creación de esta Unidad Especial, cuyo objetivo es colaborar y auxiliar a la Administración de Justicia en la persecución de delitos en materia de empleo irregular y fraude a la Seguridad Social, se recoge en una Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Con ocasión de la celebración del XV Plenario de la Comisión de trabajo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social celebrado en Pamplona, el subsecretario del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente, ha tenido ocasión de presentar, ante la vicepresidenta primera de la Comunidad Foral de Navarra y consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, Lourdes Goicoechea, los directores Generales de Empleo de las Comunidades Autónomas y los directores Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la "intensa y profunda" acción del Gobierno en materia de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social.

El Gobierno abre una línea ICO de financiación de 323 millones de euros para pymes innovadoras

El Gobierno abre una línea ICO de financiación de 323 millones de euros para pymes innovadoras

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ministerio de Economía y Competitividad han puesto en marcha —a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO)— un instrumento para financiar a PYMEs innovadoras denominado ‘ICO Innovación Fondo Tecnológico’. Esta nueva línea de financiación, con 323,6 millones de euros, será cofinanciada por el Programa Operativo Fondo Tecnológico del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEDER), que aportará cerca del 75% de los fondos, con el objetivo de apoyar a las empresas innovadoras que pueden tener dificultades para acceder a crédito.

Servicio on line de cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2014

Servicio on line de cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2014

Ya se encuentra disponible en la página web de la AEAT el servicio on line de cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2014.

Con este instrumento el contribuyente podrá calcular la cuantía y el tipo de retención que le correspondan en función de las retribuciones abonadas o satisfechas, conforme se establece en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en sus artículos 80 y siguientes.

Puede acceder al mismo mediante el siguiente enlace:

Fuente: AEAT (14/01/2014)

Páginas