Publicada la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el BOE del 29 de diciembre.
La ley tiene su origen en el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, aprobado en el Consejo de Ministros, y convalidado el Congreso de los Diputados el 21 de julio, fecha desde la que se ha venido tramitando en las Cámaras como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia.
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El artículo 103 de nuestra Constitución exige a la Administración Pública que
el desempeño de su actividad se realice con garantía de objetividad e imparcialidad y con sometimiento al principio de eficacia y es por ello la necesidad de contar con una Administración eficaz al servicio de los intereses generales. Pero en paralelo la tasa de temporalidad en el sector público ha llegado a alcanzar un 30%.
Ello se debe, según la exposición de motivos de la norma, a factores de tipo presupuestario que imponían una contención del gasto público por un lado y por otro la "insuficiente utilización de la planificación estratégica en la ordenación del empleo público, así como la falta de regularidad de las convocatorias y procedimientos de selección de personal para la cobertura de vacantes con carácter definitivo", lo que deviene de unos procesos de selección excesivamente lentos y dilatados en el tiempo que provoca la cobertura provisional de los puestos.