Olas de calor: Derechos y consejos para proteger a los trabajadores

Derechos de los trabajadores para protegerse de las olas de calor. Imagen de unos obreros en pleno sol

Las olas de calor son cada vez más frecuentes e intensas en España, lo que supone un riesgo importante para la salud de los trabajadores, especialmente aquellos que desarrollan su actividad al aire libre o en entornos con condiciones ambientales extremas.

En este artículo, abordaremos los derechos de los trabajadores ante estas situaciones y ofreceremos consejos prácticos para mitigar los efectos del calor en el ámbito laboral.

Derechos de los trabajadores ante las olas de calor

La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deberá suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.

Además, en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. Por ello, deben evitarse las siguientes situaciones:

  • Temperaturas y humedades extremas.
  • Cambios bruscos de temperatura.
  • Corrientes de aire molestas.
  • Radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados.

Si el trabajador considera que la realización de su actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud, puede incumplir las órdenes del empresario y tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo.

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Últimas modificaciones legislativas ante el incremento de las olas de calor

En España, la legislación sobre prevención de riesgos laborales ha evolucionado para incluir medidas específicas ante las olas de calor, un fenómeno cada vez más frecuente debido al cambio climático. El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, estableció nuevas medidas para proteger a los trabajadores durante episodios extremos de calor, con el objetivo de garantizar que los instrumentos ya previstos en la legislación se apliquen.

En su disposición final primera se modifico el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Estas modificaciones obligan a las empresas a tomar medidas preventivas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas, cuando se desarrollen trabajos al aire libre o en lugares que no pueden ser cerrados.

Las principales modificaciones son:

  • Adaptación de la jornada laboral: Cuando la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) declare situación de riesgo por temperaturas extremas (nivel naranja o rojo), la empresa deberá adaptar la jornada laboral para minimizar la exposición al calor. Esto puede incluir medidas como la reducción de la jornada, el cambio de horario o la realización de pausas adicionales.
  • Evaluación de Riesgos: Las empresas deben realizar una evaluación de riesgos que considere las condiciones meteorológicas adversas, las características de la tarea y el estado de salud de los trabajadores. Esta evaluación determinará las medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los empleados.
  • Prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos: Si no se puede garantizar de otro modo la debida protección del trabajador, se prohibirá la realización de tareas en las horas de día de más calor.

Consejos para mitigar los efectos del calor en el trabajo

Además de las medidas establecidas por la ley, es importante que tanto empresas como trabajadores adopten medidas adicionales para prevenir los efectos del calor:

Para las empresas:

  • Planificar el trabajo: Identificar los puestos de trabajo con mayor riesgo de exposición al calor y programar las tareas más pesadas para las horas más frescas del día.
  • Pausas Frecuentes: Programar pausas regulares en zonas frescas o con sombra para reducir la exposición continua al calor. Estas pausas deben ser más frecuentes durante las horas en las que se produzcan las mayores temperaturas.
  • Formar a los trabajadores: Capacitar a los empleados sobre los riesgos del calor, los signos y síntomas del “golpe de calor” y las medidas preventivas que se deben adoptar.
  • Controlar las condiciones ambientales: Monitorizar la temperatura y la humedad en los lugares de trabajo y tomar medidas para mantenerlas en niveles adecuados cuando sea posible.
  • Proporcionar agua potable fresca y gratuita en cantidad suficiente.
  • Facilitar zonas de sombra o áreas acondicionadas para el descanso.
  • Permitir el uso de ropa y calzado frescos y adecuados.
  • Establecer un sistema de vigilancia de la salud de los trabajadores, especialmente de aquellos con mayor riesgo.
  • Sistemas de ventilación y refrigeración en los lugares de trabajo cerrados.
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Las empresas tienen que tener en cuenta que mantener a los trabajadores a una temperatura adecuada hace que trabajen mejor y sean más productivos.
Para los trabajadores:

  • Hidratarse adecuadamente: Beber agua con frecuencia, incluso si no se siente sed.
  • Usar ropa fresca y transpirable: Evitar las prendas ajustadas y de colores oscuros.
  • Protegerse del sol: Utilizar sombrero o gorra, gafas de sol y crema solar de alta protección.
  • Estar atento a los signos de alerta: Prestar atención a los síntomas del “golpe de calor”, como mareos, náuseas, dolor de cabeza o calambres musculares.
  • Comunicar cualquier malestar: Informar al supervisor inmediato si se siente mal por el calor.

En resumen, las olas de calor representan un riesgo significativo para la salud de los trabajadores, especialmente para aquellos que desarrollan su actividad en entornos con condiciones ambientales extremas. Es fundamental que tanto empresas como trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones para prevenir los efectos del calor y garantizar un entorno laboral seguro y saludable.

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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-