Y...¿para cuándo nos jubilamos?

¿Es viable el actual sistema de pensiones? ¿Hasta cuándo se podrá garantizar la protección social en los términos que actualmente conocemos, para la jubilación, la incapacidad permanente y las pensiones de viudedad? ¿Cobraremos una pensión digna de jubilación? ¿Hasta qué edad tendremos que trabajar para ello? ¿Cuánto tiempo será necesario trabajar (y por tanto cotizar) para tener derecho a una jubilación similar al salario que veníamos cobrando? ¿Es conveniente contratar un plan de pensiones para asegurar un nivel de rentas adecuado a nuestras necesidades, una vez jubilados?

 

Estas y otras preguntas similares preocupan a la población de cualquier país con un sistema de protección social como el nuestro, basado en un sistema de reparto, en el que casi todos los ingresos del sistema de seguridad social, vía cotizaciones, se destina al pago de las actuales pensiones. Por tanto... ¿quién asegura el percibo de la pensión futura a los cotizantes actuales?

Los datos objetivos son algo desalentadores: El sistema de Seguridad Social que hoy conocemos nace en un momento (en la década de los 60) donde la pirámide de la población tenía una base de “activos” (trabajadores y cotizantes) muy amplia, así como una población pasiva proporcionalmente más pequeña, debido a que la esperanza de vida era menor y debido también a otras cuestiones demográficas (por ejemplo, el efecto “guerra civil” no sólo por el número de fallecidos, sino por un movimiento poblacional importante, de emigrantes españoles a otros países, que no accedían a la jubilación en España).

El riesgo es la inversión de la pirámide de población, debido a la disminución de la natalidad (el Sistema necesita cotizantes futuros) y al aumento de la esperanza de vida, consecuencia también de la mejora de la asistencia sanitaria y del aumento del nivel de vida. No es difícil perderse en complicados cálculos para determinar que la disminución de cotizantes (ingresos) y el aumento de pasivos “jubilados” (gastos) que cada vez cobran la pensión durante más tiempo, desequilibra la balanza del un sistema fundamentalmente contributivo. Los datos (en gran parte tomados del Informe “Proyección de Población de España a Corto Plazo 2010-2020” elaborado por el INE) son los siguientes:

  • La esperanza de vida en 1975 era de 73 años.
  • Desde 1975, la esperanza de vida ha aumentado cada lustro un año de media.
  • España ha abierto en 2009 un periodo de continuo decrecimiento del número de nacimientos, tras el máximo de 518.503 alcanzado en 2008 (cifra no observada desde 1981). Este paulatino descenso de la natalidad viene determinado por la propia estructura de nuestra pirámide poblacional, al estar entrando en edad fértil generaciones de mujeres menos numerosas, nacidas durante la crisis de natalidad de los 80 y primeros de los 90.
  • A su vez, en caso de mantenerse los ritmos de reducción de la incidencia de la mortalidad actualmente observados, la esperanza de vida al nacimiento se incrementa tanto en los varones (en 1,7 años hasta los 80,1 años) como en las mujeres (en 1,5 hasta los 86,1 años). Al mismo tiempo, la esperanza de vida de aquellos que cumplan 65 años aumentaría en más de un año en cada sexo (hasta 19,1 años en los varones y 23,1 años en las mujeres) en los 10 próximos años.
  • De acuerdo con las últimas informaciones disponibles, el flujo inmigratorio alcanzó en 2010 un nivel cercano a los 460.000 inmigrantes, ligeramente inferior al observado en 2009. Tal cifra supondría una reducción del 54,4% respecto al millón de personas que entraron en España procedentes del extranjero durante 2007.
  • El envejecimiento de la pirámide poblacional puede provocar una reducción de personas en edad de trabajar (de 16 a 64 años) de casi medio millón de efectivos (un 1,6%) en 10 años. Paralelamente, el grupo de edad de mayores de 64 años sería el que mostraría un incremento más notable, con 1,3 millones de personas más en 2020 (un 17,1 %), alcanzando el 19,2% de la población total.

El problema radica en que hay dos variables que determinan la viabilidad del Sistema de Seguridad Social, una de las cuales es conocida y otra, no tanto: Es posible prever el número de pasivos a medio plazo (los cotizantes de hoy serán los pensionistas del mañana), pero es complicado averiguar la otra variable: ¿Cuál será el número de activos a medio y largo plazo? Dependerá, claro está, principalmente del número de nacimientos y en menor medida, de los inmigrantes que pueda recibir España.

¿Ante estas situaciones, ¿qué soluciones se proponen para garantizar la pensión pública de jubilación a medio y a largo plazo?

Las solución demográfica pasaría por elevar la natalidad y, por tanto, el número de futuros cotizantes. Para ello, sería deseable una política que premie realmente que las parejas actuales puedan tener hijos, a través de distintos tipos de ayudas, subvenciones, incentivos fiscales, etc. Pero en una situación como la actual de crisis económica, parece que la tendencia es justo la contraria: Las familias no disponen de recursos suficientes y además, desaparecen medidas incentivadoras de la natalidad, como el llamado “cheque bebé”.

Por tanto, la solución no es otra que racionalizar los recursos con los que se dispone o dispondrá, en función de las distintas previsiones, y que al final, producen el efecto de endurecer las condiciones para el cobro de la pensión, a través de tres vías:

  • El periodo mínimo de cotización exigido para el acceso a la jubilación, que siendo actualmente de 15 años, en principio, se mantiene (con derecho a un 50% de la pensión).
  • El cálculo de la pensión, actualmente realizado en base a los últimos 15 años de cotización, amplía el cómputo a un número de años superior, pasando de 15 a 25 años en un periodo progresivo, así como de la exigencia de 37 años cotizados (en lugar de los actuales 35), para alcanzar el 100 por 100 de la pensión.
  • La edad de acceso a la jubilación. Siendo la edad actual ordinaria de 65 años, existen mecanismos que provocan que la edad real de jubilación gire en torno a los 61-62 años, bien de forma legal (accediendo a la jubilación con coeficientes reductores) o encubierta (aprovechando un periodo puente de desempleo que permita postergar el acceso a la jubilación, de forma que se acerque a los 65 años).

Es en esta última cuestión, la edad de acceso a la jubilación, donde los grupos que componen el Pacto de Toledo han tenido mayores discrepancias. Frente a la postura que implicaría elevar la edad legal de 65 a 67 años, en un periodo paulatino, surge como contrapeso, incentivar la prolongación de la vida laboral con mayores ventajas de las actualmente existentes, sin necesidad de “decretar” un aumento sin más en la edad de acceso, lo que llevaría a muchas personas cercanas a esa edad a echar por tierra las expectativas creadas.

El interés por llegar a un Acuerdo ha provocado que al final, imponiéndose la edad legal de 67 años (en un periodo progresivo que implica aumentar un mes por año hasta el 2018 y dos meses por año desde 2019 a 2027), existan numerosas matizaciones que, en resumen, serían las siguientes:

  1. La jubilación antes de los 67 años para determinados colectivos:

    • Las madres que hayan interrumpido su vida laboral para el cuidado de hijos (9 meses por hijo, con un máximo de 2 años).
    • Los trabajadores que realicen actividades de mayor penosidad, peligrosidad y siniestralidad.

  2. La jubilación a partir de los 65 años en las siguientes condiciones:

    • Con derecho al 100 por 100 de la pensión, cuando se hayan cotizado 38 años y 6 meses.
    • Cuando no se reúna esos periodos de cotización, aplicando un coeficiente reductor del 1,8% por trimestre.

  3. La jubilación anticipada a los 63 años, voluntariamente y con coeficiente reductor (7,5% por año de anticipo sobre la edad ordinaria de 67 años), siempre que se reúnan más de 33 años cotizados.
  4. La jubilación anticipada a los 61 años en situaciones de crisis, de carácter excepcional, siempre que se hayan cotizado al menos 33 años.
  5. Al mismo tiempo, se establecen incentivos para el alargamiento voluntario de la vida laboral y de las carreras de cotización.

Sin embargo, esta racionalización del gasto en pensiones, debería incidir en la adopción de medidas destinadas a evitar los abusos en las denominadas “prejubilaciones”, entendiendo por tales aquellos acuerdos entre la empresa y trabajador a través de los cuales se pacta la extinción del contrato de trabajo.

Es aquí donde se perciben algunas irregularidades, pues cuando la extinción voluntaria no daría derecho a desempleo ni a la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación, ni mucho menos a la exención del IRPF por la cuantía pactada, las partes, aprovechando la regulación del despido, visten esa extinción de mutuo acuerdo en un “despido improcedente” que abre el acceso a las ventajas antes descritas permitiendo, además, establecer una cabeza de puente a la jubilación, financiada con recursos públicos, vía prestación por desempleo que, para colmo, dota al trabajador de un periodo cotizado de hasta dos años, manteniendo sus bases inmediatamente anteriores.

El efecto “arrastre” provocará que aunque la edad de jubilación real aumente también en las prejubilaciones, no se evite esta práctica que se deja al arbitrio de las partes, dando lugar a incentivos al cese a cambio de una indemnización pactada inferior a la legal por despido.

Y por contra, sin embargo, no se contemplan, salvo excepciones, reducciones de edad por el desempeño de profesiones que, aún no siendo peligrosas, tóxicas o peligrosas, no parece lógico que puedan ser desempeñadas por personas de determinada edad: Imaginemos sólo algunos ejemplos: Una residencia de ancianos, en la que se produzca la valleinclanesca situación de que el cuidador o celador tuviera 66 años, cuando el cuidado tuviera 60...¿No se invertirían los términos, si el cuidado acabara cuidando al cuidador?; un vuelo donde el comandante anunciara su 65 cumpleaños, en el que las azafatas sobrepasaran los 60; o un obrero de la construcción subido a un ático y enganchado a un cinturón de seguridad con 65 años, y no digamos ya si hablamos de camareros de bares de copas y discotecas, animadores, monitores de esquí o chicas de compañía... ¿Seguiremos dejando que sea la “selección natural/empresarial” la que desplace a estos trabajadores de sus puestos habituales...? Quizás, los ejemplos están llevados al extremo, pero ¿cuántas profesiones – desarrolladas por cuenta propia, como autónomos o por cuenta ajena, demandarían justificadamente una reducción de la edad de jubilación, sin necesidad de llegar a los casos anteriores? Conductores y camioneros, maquinistas, médicos y enfermeros, trabajadores marítimo-pesqueros, agricultores, empleados de hogar...

Estas y otras situaciones son las que hacen que la edad legal no sea coincidente con la edad de jubilación real, unas veces por los acuerdos entre empresa y trabajador y, otras, por la imposibilidad manifiesta de llegar a la edad legal en determinadas ocupaciones. Ahora bien... ¿será la nueva regulación suficiente para mantener el equilibrio financiero y, por tanto, garantizar la viabilidad del sistema? ¿Se podrán tener en cuanta “matices” que permitan a determinadas profesiones, reducir la edad de acceso a la jubilación sin merma de derechos?

Lamento mucho que, tras el desarrollo de este artículo, tenga que dejar sin contestar las mismas preguntas con las que empezábamos. Así, aprovechando algunas frases conocidas para definir los estados de ánimo que esta incierta situación provoca, concluiríamos diciendo que los más despreocupados se apuntarán a la máxima “No pienso nunca en el futuro porque llega muy pronto” (Albert Einstein”), los que han asumido que de una forma u otra tendrán que seguir trabajando hasta al menos los 65 ó 67 años pensarán “El problema de nuestro tiempo es que el futuro ya no es lo que era” (Paul Valèry), los realmente activos en las medidas que ahora se adopten se justificarán como “Me interesa el futuro porque es el sitio donde voy a ir a pasar el resto de mi vida”(Woody Allen) y, finalmente, los más realistas, entre los que este servidor se apunta, lanzaríamos el mismo mensaje que el Talmud: “El futuro del mundo pende del aliento de los niños que van a la escuela”, pues sin niños no habrá pensiones ni futuro, y sin escuela... quien sabe lo que harán los futuros gobernantes cuando afronten el tema de cuántos de sus recursos destinarán al pago de las pensiones.

Eugenio Lanzadera
Secretario General de la UDIMA
Profesor del CEF