Pimentel dicta en plazo el laudo que resuelve la controversia con los controladores
Manuel Pimentel, el árbitro elegido por AENA y los controladores para poner fin al conflicto, entregó ayer el laudo a ambas partes, cumpliendo así con el plazo previsto en la Resolución de 21 de enero de 2011 de la Dirección General de Trabajo.
El texto tendrá una vigencia de 3 años, hasta 31 de diciembre de 2013, sin perjuicio de las prórrogas y las condiciones retributivas que tendrán efectos retroactivos desde el 1 enero de 2011.
En el laudo se reduce la jornada de trabajo a turnos hasta las 1670 horas ya que durante los dos primeros años de vigencia del convenio la jornada deberá acomodarse al proceso de espacio único europeo y a la nueva normativa sobre jornada (RD-L 13/2010 de 3 de diciembre, por el RD 1001/2010 y la Ley 9/2010). Para 2013 la jornada laboral máxima será de 1.595 horas que podrá ampliarse en 20 horas para actividades de formación.
La jornada laboral para cada uno de los años de vigencia del convenio podrá incrementarse hasta el máximo de 80 horas extraordinarias establecido en el Estatuto de los Trabajadores, con excepción de las de fuerza mayor, que no estarán incluidas en este cómputo.
La jornada laboral de los controladores que no ocupen puestos de trabajo sujetos a turnicidad será de 1.711 horas anuales.
En cuanto al régimen de descansos será para los turnos diurnos un mínimo del 25% de la jornada. Para los turnos de noche el descanso será de un mínimo del 33%.En todo caso tanto los servicios nocturnos como los festivos no superarán el 33% de los servicios totales anuales.
Los controladores que ocupen puestos de trabajo sujetos a jornada ordinaria, disfrutarán de treinta días naturales de vacaciones anuales retribuidas que podrán ser disfrutadas en dos períodos.
Para el periodo de vigencia del presente convenio se establece una retribución garantizada, para los controladores con antigüedad anterior a 5 de febrero de 2010, de una media salarial de 200.000 euros brutos, lo que supone en su conjunto una masa salarial máxima de 480 millones de euros para el indicado ejercicio, tal y como se estipula en el Acuerdo de Bases suscritos por las partes el 13 de agosto de 2010.
Los controladores tendrán derecho a la percepción de dos pagas extraordinarias y además, percibirán dos pagas adicionales, derivadas de diferentes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
El laudo es de obligado cumplimiento, no recurrible y ejecutable y entrará en vigor el día de su publicación en el BOE.