El Pleno convalida el real decreto ley de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas
El Pleno convalida el real decreto ley de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas
El Pleno ha convalidado en su sesión de hoy, 30 de marzo, el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, por 179 votos a favor, 104 en contra y 61 abstenciones. Además, se ha acordado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia por unanimidad.
El real decreto-ley, que reforma la Ley General de la Seguridad Social, ha sido defendido por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. De acuerdo con el texto, este conjunto de reformas tiene como "objetivo fundamental" "un importante refuerzo de la capacidad financiera del sistema" con el fin de establecer las bases "que garanticen su sostenibilidad en los próximos treinta años".
Base máxima de cotización y cuota adicional de solidaridad
Para cumplir estos objetivos, señala la norma, se contempla el incremento anual de la base máxima de cotización "en 1,2 puntos porcentuales desde el año 2024 hasta 2050". Asimismo, "la cuantía máxima de la pensión inicial contributiva desde 2025 será la cuantía máxima fijada para las pensiones del sistema el año anterior", y se revalorizará con el IPC anual "más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050".
Además, la ley crea una nueva cotización de solidaridad que grava la masa salarial que supera la base máxima de cotización. Esta cuota será el resultado de "aplicar un tipo del 5,5 por ciento a la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10 por ciento; el tipo del 6 por ciento a la parte de retribución comprendida entre el 10 por ciento superior a la base máxima de cotización y el 50 por ciento; y el tipo del 7 por ciento a la parte de retribución que supere el anterior porcentaje".
Así, la cuota adicional de solidaridad se incrementará desde 2025 hasta alcanzar su tipo definitivo en 2045, tiene tres tramos de rendimiento y "varía en función del exceso de los rendimientos del trabajo por cuenta ajena".
Mecanismo de Equidad Intergeneracional
El texto también introduce un Mecanismo de Equidad Intergeneracional, como instrumento de estabilización financiera, que se aplicará "en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación, que no será computable a efectos de prestaciones y que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social".
La cotización finalista del Mecanismo de Equidad Intergeneracional está fijada en el 0,6 por ciento, correspondiendo un 0,1 por ciento al trabajador y un 0,5 por ciento a la empresa y la cifra total se incrementará hasta el 1,2 por ciento en 2029, al ritmo de una décima por año.
En cuanto al periodo de cómputo de las cotizaciones a la Seguridad Social, se establece para los próximos veinte años un régimen dual, de forma que los trabajadores que se jubilen tendrán la opción de computar los veintinueve años de carrera descartando sus veinticuatro mensualidades con peor cotización, o continuar con el cómputo de los últimos veinticinco años, en caso de que la base reguladora de la pensión les resulte más beneficiosa.
Incremento de las pensiones mínimas contributivas y no contributivas
La legislación también "incrementa progresivamente desde 2024 la pensión mínima contributiva de jubilación cuyo titular sea mayor de 65 años y tenga cónyuge a cargo, a fin de que en 2027 no pueda ser inferior al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos".
En cuanto a las pensiones no contributivas, una vez revalorizadas en el porcentaje que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca, "se incrementarán adicionalmente cada año, en el mismo período y por el mismo procedimiento, pero con la referencia de multiplicar por 0,75 el umbral de la pobreza de un hogar unipersonal".
En materia de equidad, la norma prevé un aumento del complemento por brecha de género, de forma que su importe "tendrá un incremento, adicional a la revalorización anual, del diez por ciento en el bienio 2024-2025".
En lo referente al trabajo por cuenta propia, se crea, en un plazo de tres meses desde el 1 de abril, un "observatorio para el análisis y seguimiento de la prestación por cese de actividad por causas económicas, así como de la integración de períodos sin obligación de cotizar de los trabajadores autónomos", con objeto de "mejorar la eficacia y cobertura de dicha prestación".
Por otro lado, la norma también añade una disposición adicional que incluye en el sistema de la Seguridad Social a los "alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación".
El Pleno del Congreso, una vez convalidado el texto, ha decidido su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia por 344 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, por lo que comienza ahora su tramitación parlamentaria con la apertura del plazo de presentación de enmiendas y su remisión a la comisión competente.
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. NOTA DE PRENSA
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