Estructura orgánica básica ministerial: Sin cambios en Empleo y Sanidad

El Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, publicado y con entrada en vigor el 12 de noviembre de 2016, establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, derogando el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo en él dispuesto.

En el ámbito de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social (art. 8) y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (art. 13), no se han experimentado cambios, manteniéndose el organigrama contenido en el precedente Real Decreto 1887/2011.

REAL DECRETO 424/2016

Artículo 8. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
1. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Empleo, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Dirección General de Empleo.
2. La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.

B) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
2. La Intervención General de la Seguridad Social.

C) La Secretaría General de Inmigración y Emigración, de la que depende la Dirección General de Migraciones.

D) La Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Secretaría General Técnica.
2. La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

 

REAL DECRETO 424/2016

Artículo 13. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

1. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, con rango de Dirección General.
2.º La Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia.
3.º La Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.
4.º La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Dirección General.

B) La Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de la que depende la Secretaría General Técnica.

C) La Secretaría General de Sanidad y Consumo, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.
2.º La Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
3.º La Dirección General de Ordenación Profesional.

 

Destaca el hecho de que los titulares de las Direcciones Generales que se relacionan a continuación no precisarán ostentar la condición de funcionario (disp. adic. cuarta):

  • Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.
  • Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
  • Dirección General de Migraciones.
  • Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia.
  • Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.
  • Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.