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COBRO INDEBIDO SUBSIDIO POR DESEMPLEO

Buenos días.

El motivo de mi mensaje es el siguiente:
Tengo reconocido en sentencia firme el cobro de salarios de tramitación por importe de 10900 euros.

El caso es que durante los meses de dichos salarios de tramitación estube trabajando durante un mes y medio y aparte cobrando el paro el resto de meses hasta que ya se me ha acabado dicho paro, y ahora estoy cobrando una subvención de 400€ durante otros 6 meses. Al final se ha reclamado el cobro de los 10900€ al FOGASA, aunque supongo que dicha cantidad será mucho más pequeña, puesto que como ya he apuntado antes, me cuentan unos 5 meses de salarios de tramitación, pero a mi me dieron de alta a los 2 meses de ser despedido improcedentemente de la empresa. La empresa está declarada insolvente. Lo que necesito saber es qué va a pasar con el cobro del dicha cantidad, ya que me han dicho que tendré que devolver lo que cobré de paro durante estos meses de salarios de tramitación. Y tampoco se como se va a regular eso en mis cotizaciones, si me correspondería mas paro, si tendré que hacer una complementaria de la Renta el año que viene, quién regula definitivamente lo que el FOGASA me debe pagar al haber sido dado de alta antes de lo que en sentencia se recoge, etc etc.

Por favor, que alquien me aclare estas dudas. Quiero hacer las cosas bien y que luego no me tenga nadie ni ningún organismo que raclamar nada. Gracias.

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Hola.

Te han informado bien, deberás devolver la parte de la prestación de desempleo que coincidió con la percepción de los salarios de tramitación.
Respecto al FOGASA mira el art. 33 del Estatuto de los Trabajadores.

El caso es que yo tengo reconocidos 5 meses de salarios de tramitación (de septiembre a enero), pero en noviembre me dieron de alta 2 dias, y en diciembre y principios de enero tb. ¿Quien regula esto? Esque según me han dicho, desde el momento que me dan de alta dejan de contar los salarios de tramitación, aunque en sentencia si vengan recogidos los 5 meses. Dónde debo acudir para ajustar cuentas y saber lo que voy a cobrar y lo que tengo que devolver????
Gracias de nuevo.

efetivamente desde que empiezas a trabajar y por lo tanto a estar dada de alta en la seguridad social ya no te computan o no te abona los salarios de tramitación porque su finalidad es la misma, pero esto noe s automático, el spee regulariza a posteriori y si ve que alguine está cobrando la prestación por desempleo y además salarios de trámite inicia trámite para reclamar las cotizaciones y además las prestaciones. es decir que solo puedes cobrar una cantidad no las dos.
cuando te llegue la notificacion acude a un asesor

Hola buenas tardes, hace 4 años trabaje en una empresa la cual después de acabar mi relación laboral con ella después de 10 meses, solicite el subsidio por desempleo por no llegar a cobrar el paro, me la concedieron y no hubo ningún problema en que me la dieran ,después de cuatro años me llega una carta certificada ,solicitanome la devolución de 2570 euros , y en la carta me comunican que no merecía cobrarla cuando tenia cotizados 180 días lo cual me correspondía los 426 euros durante 6 meses, agradecería su consejo porque no entiendo nada, muchas gracias por la atención