Contrato a tiempo parcial
Buenas tardes, tengo una duda respecto a un contrato.
Tengo una trabajadora que le hice una reducción de jornada del 100 al 50%, ella estaba trabajando según necesidades del local (sector hostelería). La jornada que venía desempeñando hasta ahora eran dos horas a mediodía y dos horas por la noche, en los picos fuertes de la comida y cena.
Hoy se ha presentado en el local diciendo que es ilegal y que quería el despido. Entonces le he comunicado verbalmente que le ibamos a reducir aun más, hasta un 25 % de la jornada.
Pregunta: Según he visto en el estatuto, un trabajador a jornada parcial puede trabajar con interrupción de la jornada, Es legal??
Segundo, si yo le hago una reducción al 25 % y no la acepta, podría hacerle un despido a 20 días, ya que el local a día de hoy tiene perdidas (es una nueva apertura).
Muchas gracias
La reducción de la jornada no
La reducción de la jornada no se puede hacer de forma unilateral.
Art. 12.5 e)ET: "La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo al amparo de lo dispuesto en el artículo 41.1.a). El trabajador no podrá ser despedido ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión, sin perjuicio de las medidas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 52.c) de esta Ley, puedan adoptarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción".
En el supuesto de necesidades de la empresa debería acreditar que esta basado en causas económicas, productivas, técnicas o productivas pero nunca suponer un cambio de contrato.