Resolución del SEPE sobre medidas en formación laboral ante la DANA

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado la Resolución de 3 de diciembre de 2024 estableciendo medidas específicas para mitigar los efectos de la DANA en la ejecución de acciones formativas. Se aplica tanto a la formación programada por empresas como a la oferta formativa dirigida a trabajadores ocupados, y está orientada a garantizar la continuidad y adaptación de los programas formativos interrumpidos.

La referida resolución, publicada en el BOE de 13 de diciembre de 2024 y en vigor el 14 de diciembre, se aplica a las siguientes iniciativas:

  • Formación programada por empresas: para acciones formativas durante 2024 y 2025.
  • Oferta formativa estatal para trabajadores ocupados, según las convocatorias recogidas en los anexos de la resolución.

Podrán acogerse a las medidas que establece las empresas beneficiarias del crédito de formación, en la formación programada por las empresas, y las entidades beneficiarias de las subvenciones, en la oferta formativa para personas trabajadoras ocupadas, respecto de aquella formación cuya ejecución se haya visto afectada por los efectos de la DANA.

Esas medidas se concretan en:

  • Uso de aula virtual.

Para acciones formativas presenciales o mixtas, se permite su impartición a través de aulas virtuales, considerándose como formación presencial. Esta medida se aplica también a grupos en ejecución, debiendo notificarse en las aplicaciones telemáticas correspondientes.

  • Suspensión e interrupción de formación

Las empresas deben comunicar la incidencia en la aplicación telemática, indicando las causas y fechas. Al reanudar la formación, se notificará la nueva fecha de finalización.

Se permite finalizar grupos formativos interrumpidos, computando las horas realizadas y certificando la asistencia de los participantes sin evaluación positiva.

  • Incremento del crédito formativo

Las empresas afectadas por un ERTE vinculado a la DANA dispondrán de un incremento en el crédito de formación:

    • De 1 a 9 trabajadores: 425 euros por persona.
    • De 10 a 49 trabajadores: 400 euros por persona.
    • De 50 o más trabajadores: 320 euros por persona.
  • Flexibilización de plazos en la oferta formativa

Para programas subvencionados, se amplían los plazos de ejecución de las acciones formativas en proporción al tiempo afectado, respetando los límites establecidos en los anexos.

  • Modificaciones en resoluciones y comunicaciones

Las entidades podrán solicitar modificaciones en las resoluciones de concesión para adaptar la formación a las condiciones derivadas de la DANA. Las notificaciones fuera de plazo permitirán ajustar fechas y horarios de las formaciones suspendidas.