JS. Indemnización disuasoria por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales (riesgos psicosociales): 12.000 euros adicionales para cada trabajador afectado
Prevención de riesgos laborales. Riesgos psicosociales. Indemnización por daños morales. Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. Facultativos especialistas que alegan incumplimiento manifiesto de la normativa de prevención de riesgos laborales al encontrarse con una sobrecarga de trabajo que les produjo una situación de estrés frente a la cual, a pesar de haberla puesto en conocimiento de la dirección del centro y de su superior jerárquico, no se adoptó ninguna medida preventiva o reparadora que hiciera desaparecer los riesgos. Atención a pacientes en intervalos de tiempo muy inferiores a lo agendado. Adopción de la decisión de marcharse a un hospital de la red privada.
No se ha adoptado medida preventiva alguna, ni antes ni durante el estallido del conflicto, ni después. Es una ausencia absoluta de prevención, lo que la hace más grave, y ni siquiera se toman las medidas preventivas propuestas en el informe final del expediente informativo. Se considera acreditada la existencia de relación causal, atendidos, de un lado, los acontecimientos que motivaron que los demandantes tuvieran que pedir su salida del centro y la omisión de las medidas que las circunstancias requerían y el inicio por parte de los trabajadores no de una baja médica, pero sí de un tratamiento farmacológico, para sobrellevar el estrés y ansiedad que les producía acudir a su puesto de trabajo.
Indemnización por daños morales. El importe indemnizatorio que se fije judicialmente debe ser suficiente no solo para la reparación íntegra, sino, además, para contribuir a la finalidad de prevenir el daño, es decir, fijando expresamente los principios de suficiencia y de prevención (carácter disuasorio).
Se concede a cada uno de los demandantes, por daño moral, la cantidad de 49.181€, ante el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales; en cuanto al efecto disuasorio, procede admitir la indemnización por importe de 12.000€ para cada uno de los trabajadores afectados.
(SJS núm. 2 de Vitoria/Gasteiz, de 17 de agosto de 2023, núm. 154/2023)
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