Sobre la pasantía de abogados y su régimen jurídico. ¿Un debate concluso?
En el presente estudio pretendemos acercarnos a un debate que, si bien tiempo atrás adquirió cierta candencia, hoy día muchos lo dan por superado. Nos estamos refiriendo a la pasantía de abogados y su consideración jurídica como prestación de servicios de naturaleza civil o laboral. Tras efectuar una aproximación liminar a la figura de la pasantía y destacar la gran raigambre de la misma en nuestro ordenamiento, nos proponemos sintetizar el debate mantenido por la doctrina judicial y científica sobre su calificación jurídica. Aspiramos a demostrar que, aunque dicho debate se quiso dar por superado con la promulgación del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos, dicha norma no ofrece una respuesta completamente clarificadora y que, si previamente a su entrada en vigor existía una viva porfía sobre el estatus jurídico del pasante, los términos de esta discusión aún perviven y en nada han sido alterados por la precitada norma. Para cerrar, cuestionaremos la legitimidad o virtualidad de la pasantía ante el nuevo itinerario de acceso a la profesión de abogado instaurado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales.
Palabras clave: pasantía; abogacía; contrato de trabajo; precariedad laboral.
Francisco Vigo Serralvo
Profesor sustituto interino. Universidad de Málaga
Abogado. Graduado social
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RTSS. CEF. NÚM. 433 (abril 2019)
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Cómo citar:
Vigo Serralvo, F. (2019). Sobre la pasantía de abogados y su régimen jurídico. ¿Un debate concluso? Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, 433, 93-129