El 1 de junio de 2015 se pone en marcha un Tablón Edictal Único en el Boletín Oficial del Estado
En el BOE del día 23 de mayo se publica Real Decreto 385/2015, de 22 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», aprobado el día anterior por el Consejo de Ministros.
Este Real Decreto configura un nuevo suplemento de anuncios de notificación (Notificaciones), de carácter independiente, que formando parte indisoluble del «BOE» y de su edición electrónica, presentará algunas características propias.
El propósito es permitir que los ciudadanos puedan tener conocimiento de cualquier anuncio de notificación que les afecte, con independencia de cuál sea el órgano que lo realice o la materia sobre la que versen
Hasta el momento, aquellos anuncios de notificación de las distintas Administraciones que debían publicarse en el BOE, han venido insertándose en su sección V (Anuncios), pero Tablón Edictal Único va a multiplicar exponencialmente el volumen de la edición electrónica del BOE, lo que imposibilitará la viabilidad de esta medida a través de la referida sección.
Por el motivo anterior, el Real Decreto 385/2015 configura un nuevo suplemento de anuncios de notificación (Notificaciones), de carácter independiente, que formando parte indisoluble del «BOE» y de su edición electrónica, presentará algunas características propias, como la excepción de las previsiones de edición impresa a efectos de conservación.
Aunque el nuevo suplemento, al igual que el resto del diario oficial, tiene el carácter de fuente de acceso público, su aspecto más novedoso consiste en que, una vez transcurridos tres meses desde su publicación, los anuncios de notificación solo resultarán accesibles mediante un código de verificación de carácter único y no previsible.
La modificación del Real Decreto 181/2008, se completa con diversas previsiones en relación con el procedimiento de publicación, dirigidas a incrementar la utilización de medios electrónicos y a establecer las líneas generales del sistema automatizado de remisión y gestión telemática para la publicación de los anuncios de notificación, previsto en la nueva disposición adicional vigésimo primera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.