Legislación

COVID-19: cambios en la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

La Orden INT/448/2021, de 10 de mayo, publicada y con efectos el 11 de mayo, modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, que ha sido objeto de varias adaptaciones y prórrogas, la última de ellas mediante la Orden INT/420/2021, de 29 de abril, que extiende sus efectos hasta el 31 de mayo.

Los cambios afectan en esta ocasión a la lista de terceros países cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la Unión Europea a través de las fronteras exteriores, incluyéndose a Israel.

COVID-19: Continúa la limitación de vuelos con Brasil y Sudáfrica

La Orden PCM/439/2021, de 5 de mayo (BOE de 7 de mayo), publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de mayo de 2021, por el que se prorroga el de 2 de febrero de 2021, que establece medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, limitando los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

A tal efecto, se mantienen las restricciones desde las 00:00 horas del día 11 de mayo de 2021 (hora peninsular) –momento en que expira la Orden PCM 378/2021, de 23 de abril–  hasta las 00:00 horas del día 25 de mayo de 2021 (hora peninsular).

Estructura orgánica ministerial: cambios en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

El Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, publicado y en vigor el 5 de mayo, modifica, por una parte, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, para cambiar, dentro del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el nombre de la dirección general competente en materia de discapacidad, que pasa a denominarse Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad y para exceptuar la condición de funcionario a la persona titular de la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de la Dirección General de Deportes.

Por otra parte, también afecta al Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla propiamente la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, para actualizar las funciones que corresponden a la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales y a alguno de sus órganos, en concreto, la Secretaría General Técnica.

 

Medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional a aplicar tras el fin del estado de alarma

COVID-19: prórroga y cambios en la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

La Orden INT/420/2021, de 29 de abril (BO de 30 de abril), modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, sobre criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la UE y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, para:

  • Prorrogar sus efectos hasta las 24:00 horas del 31 de mayo de 2021.
  • Excluir de la obligación de someterse a cuarentena a determinadas personas.

Plan de recuperación, transformación y resiliencia

El Consejo de Ministros adoptó en su reunión del 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. A este acuerdo se le da publicidad en el BOE del 30 de abril a través de la Resolución de 29 de abril de 2021 de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital. El plan deberá ser evaluado por parte de la Comisión Europea en un plazo máximo de dos meses.

Seguridad industrial: modificación de normas reglamentarias

El Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, publicado en el BOE del 28 de abril y en vigor el próximo 1 de julio de 2021, modifica las normas reglamentarias sobre seguridad industrial que se enumeran a continuación, con la finalidad unificar los criterios de acceso a una actividad de servicio o su ejercicio para, por una parte, garantizar una mayor igualdad de trato a nivel global y un aumento de la seguridad jurídica y, por otra, asegurar una mayor eficacia de la Administración en su función supervisora del cumplimiento de los requisitos.

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