Legislación

Los trabajadores por cuenta ajena agrarios podrán retrasar el ingreso de las cuotas por inactividad de enero, febrero, marzo y abril de 2019

La Resolución de 23 de enero de 2019, de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE de 26 de enero), autoriza a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, que hayan realizado un máximo de 50 jornadas reales cotizadas en el año 2018, a diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019, que deberán ingresarse mensualmente desde el mes de junio a septiembre de 2019, sin aplicación de recargo o interés alguno.

La no utilización del plazo de ingreso diferido, una vez autorizado el mismo, no dará derecho a la devolución de las cuotas ingresadas.

Las solicitudes deberán presentarse antes del 12 de febrero de 2019 y serán resueltas por los titulares de las Direcciones Provinciales de la TGSS.

Publicadas para 2019 las bases de cotización de los trabajadores del Régimen Especial del Mar

En el BOE del 24 de enero de 2019 se publica la Orden TMS/40/2019, de 21 de enero, por la que se establecen para el año 2019, las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

El Gobierno aprueba la orden para la gestión colectiva de contratación en origen de 2019

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha aprobado, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), la orden ministerial por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2019. La nueva norma sustituye a la orden ESS/1/2012, que se venía prorrogando desde el año 2012, y que quedaba restringida únicamente a campañas agrícolas de temporada.

Esta orden ministerial tiene una doble finalidad: por un lado, introducir mejoras de gestión del procedimiento de contratación de temporada; y, por otro, prever la posibilidad de contratación estable, previa constatación de la insuficiencia de demandantes. Además, dispone la concesión de visados para búsqueda de empleo dirigidos a hijos y nietos de español de origen.

Medidas laborales y de empleo incluidas en el Real Decreto-Ley 28/2018

La Seguridad Social en los inicios de 2019. Análisis de las medidas de Seguridad Social contenidas en el Real Decreto-Ley 28/2018

El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, contiene todo un conjunto de medidas que afectan a buena parte de los ámbitos de la Seguridad Social, como son los de la revalorización de las pensiones y otras prestaciones sociales públicas; la determinación de las bases mínimas y máximas de cotización para 2019, teniendo en cuenta, asimismo, la incidencia del Real Decreto 1462/2018, por el que se aprueba la cuantía del SMI; el establecimiento de nuevos convenios especiales de la Seguridad Social o la nueva regulación de otros ya existentes (como sucede en el caso de los convenios en favor de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia); una nueva regulación del ámbito de cobertura en el RETA, con efecto, entre otras parcelas, en las formas de cotización; la extensión de beneficios de cotización al sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios; la modificación de la colaboración voluntaria con la Seguridad Social por parte de las empresas individualmente consideradas o, por último, ciertas modificaciones en las infracciones de empresas y trabajadores por cuenta propia en la Seguridad Social o de las sanciones a imponer cuando se producen las primeras.

Don José Antonio Panizo Robles, a través del estudio que puede visualizarse pulsando AQUÍ, analiza, con carácter urgente y de forma sintética, el contenido de esta importante norma.

La mejora de las condiciones de los trabajadores de la cultura: una cuestión urgente y de interés general

El Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre) –RDL–, persigue mejorar las condiciones de todos los trabajadores de la cultura adecuando la normativa que le es de aplicación a las especialidades del trabajo artístico, caracterizado por la heterogeneidad, la acusada inestabilidad y, en especial, por su intermitencia.

Las medidas en él contenidas se proyectan sobre la fiscalidad del sector y, por lo que aquí más interesa, sobre la protección laboral y de Seguridad Social y la compatibilidad entre prestaciones por jubilación e ingresos por derechos de autor, sin olvidar el mandato dirigido al Gobierno (disp. final tercera) de aprobar en 6 meses un real decreto que, sustituyendo al vigente Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, modifique la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.

MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL

MEDIDAS FISCALES

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