Legislación

Regulado el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad

Grado de discapacidad: procedimiento y baremos aplicables en abril 2023. Ilustración de siluetas estilo línea de personas

Se ha publicado en el BOE del 20 de octubre el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se concreta el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, se establecen los baremos aplicables y se determinan cuáles son los órganos competentes para llevarlo a cabo.

Su entrada en vigor se producirá el 20 de abril de 2023 y supondrá la derogación expresa del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, que regula el procedimiento aplicable en la actualidad, y la Orden de 2 de noviembre de 2000, por la que se determina la composición, organización y funciones de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes del IMSERSO y se desarrolla el procedimiento de actuación para la valoración del grado de discapacidad dentro del ámbito de la Administración General del Estado.

Creado el Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto

Creado el Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto. Personas retirando materiales con amianto

La Ley 21/2022, de 19 de octubre (BOE de 20 de octubre), crea el Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto, fondo que gestionará el INSS y que se dirigirá a reparar íntegramente los daños y perjuicios sobre la salud resultantes de una exposición al amianto padecidos por toda persona en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España, así como a sus causahabientes.

La puesta en marcha e inicio de actividades del fondo se difiere al día en que entre en vigor el reglamento de desarrollo de esta Ley 21/2022, reglamento que deberá dictarse en el plazo de 3 meses (20 enero 2023).

Fondos de pensiones de empleo de promoción pública

Fondo de pensiones. Mujer echando moneda en un tarro de cristal casi vacío, al lado otro igual más lleno y al lado otro lleno con una planta

El Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre (BOE de 19 de octubre), con entrada en vigor el 20 de octubre, modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones (RD 304/2004, al que se añade un título VI –arts. 102 a 107– y una disp. adic. décima) para desarrollar reglamentariamente las previsiones de la Ley 12/2022, de 30 de junio, que modificó el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones (RDLeg. 1/2002, de 29 de noviembre) introduciendo los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos y los planes de pensiones de empleo simplificados como nuevas figuras dentro del marco de la previsión social complementaria.

Medidas contenidas en el RDL 18/2022

Medidas para enfrentar la crisis energética, la inflación y la sequía. Imagen de la sombra de una persona en un campo agrietado por la sequía

Con entrada en vigor el 20 de octubre, el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre (BOE de 19 de octubre), además de aprobar medidas de refuerzo de la protección de consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural, adopta otras que afectan a:

  • El personal al servicio del sector público (art. 23)
  • Las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía (art. 24)

Ingreso mínimo vital: modelos de certificados

Ingreso mínimo vital: modelos de certificados. Imagen de un modelo del Ministero de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

La Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, publicada en el BOE de 17 de octubre y con entrada en vigor el día siguiente, modifica la de 26 de enero de 2022, para aprobar e incluir como anexos III y IV dos nuevos modelos normalizados: «Comunicación de servicios sociales a efectos del mantenimiento de la certificación de la prestación del ingreso mínimo vital» y la «Comunicación de las entidades del tercer sector, mediadores sociales del ingreso mínimo vital, a efectos del mantenimiento de la certificación de la prestación del ingreso mínimo vital».

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