El Tribunal de Justicia precisa el alcance del derecho a ser oído de los nacionales de terceros países en situación irregular
Enviado por Editorial el Jue, 11/12/2014 - 15:06La Directiva 2008/115 establece las normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.
Tras residir legalmente en Francia con el fin de cursar estudios, el Sr. Khaled Boudjlida pasó a estar a finales de 2012 en situación irregular al no haber solicitado la renovación de su último permiso de residencia. Tras solicitar su alta como autónomo a principios del 2013, el Sr. Boudjlida fue convocado por la policía para prestar declaración sobre su solicitud, las circunstancias de su llegada a Francia, las condiciones de su residencia como estudiante, su situación familiar y su posible salida del territorio francés. Ese mismo día, el préfet des Pyrénées-Atlantiques (Jefe de Policía del Departamento de los Pirineos Atlánticos) adoptó una resolución mediante la que conminó al Sr. Boudjlida a abandonar el territorio francés y le concedió un plazo voluntario de 30 días para retornar a Argelia. El Sr. Boudjlida impugnó esta resolución ante la justicia francesa.