El TC anula los artículos de la ley catalana de igualdad que afectan a la competencia del Estado en materia laboral y declara la constitucionalidad de los restantes
Enviado por Editorial el Jue, 13/10/2016 - 12:24El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Gobierno contra la Ley del Parlamento de Cataluña 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y ha declarado la inconstitucionalidad de aquellos artículos que afectan al ámbito de la legislación laboral, de la que es competente el Estado con carácter exclusivo. El Tribunal desestima el resto del recurso. Ha sido ponente de la resolución el Magistrado Ricardo Enríquez.
La Abogacía del Estado sostiene en su recurso que la norma impugnada invade la competencia en materia de legislación laboral, que corresponde al Estado en virtud del art. 149.1.7 CE; por su parte, la representación legal del Gobierno catalán considera que la ley regula aspectos que pertenecen al ámbito de las políticas de género, de las que es competente la Generalitat según establece el art. 153 del Estatuto de Autonomía.