Cálculo de la indemnización por despido improcedente tras la reforma laboral. (Sentencia del Juzgado de lo Social de Pamplona)
Enviado por Editorial el Lun, 09/04/2012 - 13:11La reforma laboral aprobada por el Real Decreto-Ley 3/2012 (RDL) ha introducido importantes cambios en el Derecho del Trabajo, entre ellos la modificación del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores en lo referente al despido improcedente, en concreto al cálculo de la indemnización. (Véase cuadro comparativo del Estatuto de los Trabajadores con la redacción anterior y vigente).
Así su cuantía de 45 días de salario por año de servicio pasa a ser de 33 días de salario por año prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de 24 mensualidades (antes 42).
Además la Disposición Transitoria Quinta del RDL establece un régimen transitorio para su aplicación (no así para el cálculo de los salarios de trámite como hemos visto desarrollado en sentencias anteriores) estableciendo lo siguiente: