Jurisprudencia

El Tribunal Supremo reconoce el derecho a cobrar complementos retributivos a una médico y una mujer guardia civil en situación de embarazo de riesgo

El Tribunal Supremo reconoce el derecho a cobrar complementos retributivos a una médico y una mujer guardia civil en situación de embarazo de riesgo. Mujer embarazada atendida por una médica

La Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias en las que reconoce el derecho al cobro de distintos complementos retributivos a una mujer guardia civil y a una médico especialista del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el periodo en que se encontraban en situación de riesgo durante el embarazo. El Supremo desestima los recursos del abogado del Estado y de la Junta de Castilla-La Mancha contra las decisiones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de un Juzgado de Toledo, respectivamente, que les concedieron los complementos, al entender que lo contrario supondría una discriminación por razón de sexo.

TSJ. Despidos objetivos sin causa a raíz de la pandemia ocasionada por la COVID-19. No pueden sancionarse con la nulidad

La readmisión obligatoria avocaría a muchas empresas a su desaparición. Imagen de Cajas en nueva oficina de espacio abierto

Despido objetivo. Causas organizativas. Cese que se produce durante el estado de alarma a raíz de la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 (estando ya vigente el art. 2 del RDL 9/2020) en el que se expresa como causa la ineficiencia que supone mantener el puesto de trabajo del actor. Solicitud de nulidad.

Señala el artículo 2 del RDL 9/2020 que la fuerza mayor y las causas ETOP en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del RDL 8/2020, de 18 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido. Este artículo es oscuro y guarda silencio sobre si el incumplimiento de la prohibición en él expresada ha de implicar la declaración de improcedencia o nulidad de la extinción del contrato de trabajo acordada por el empleador en el ámbito de la pandemia.

TSJ. Trabajadoras incluidas en ERTE: su designación, por aparentes criterios objetivos alcanzados en periodo de consultas, genera indemnización si son discriminatorios por no ser neutros

ERTE. Hay que justificar el interés empresarial en que los criterios tuvieran que ser los previstos y por ese orden. Imagen de fila para entrar en un local por aforo frente a coronavirus

ERTE. Suspensión de contratos. Derecho a la igualdad y no discriminación. Trabajadoras que entienden discriminatoria su adscripción no rotatoria a la medida adoptada por la empresa al encontrarse todas ellas en situación de reducción de jornada por guarda legal. Decisión empresarial de suspensión amparada en un acuerdo alcanzado tras periodo de consultas, el cual sustenta la medida en función de criterios objetivos (adscripción a centro de trabajo; mantenimiento de la estructura de trabajo; estructura mínima por planta; formación; idiomas (inglés); antigüedad; edad).

A la vista de este resultado en la aplicación de tal ERTE, considera la Sala que ello ya constituye un indicio de discriminación, al afectar la medida en su versión más perjudicial, esto es, el ERTE suspensivo en forma no rotatoria, de manera especial en cuanto al número de personas afectadas, a las mujeres en situación de reducción de jornada.

TSJ. Violencia contra la mujer en el ámbito laboral. Basta un solo acto (verbal, gestual o físico) de carácter sexual para que el despido sea declarado procedente

Acoso sexual; despido. Imagen de una mano de un hombre sobre la mano de una mujer

Despido disciplinario. Derecho a la dignidad y a la intimidad. Acoso sexual. Acoso moral (mobbing). Protocolo antiacoso previsto en el convenio colectivo aplicable.

El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE

El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE. Trabajador de la Administración Pública, policía, mirando por la ventana

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo reunida en pleno para examinar la incidencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de junio de 2021 en diversos recursos, ha decidido, por unanimidad, rectificar la aplicación que venía haciendo de su propia doctrina en relación a la duración del contrato de interinidad por vacante en el sector público.

En aplicación de las previsiones legales y reglamentarias sobre el referido contrato, su duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica.

A falta de previsión normativa la Sala entiende, con carácter general, que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo.

El Tribunal Supremo fija que los accidentes ‘in itinere’ de los funcionarios dan derecho a la pensión extraordinaria por incapacidad permanente

Accidente in itinere funcionario. Un coche que ha dado un golpe a otro que tiene delante

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que el accidente ‘in itinere’ de un funcionario público es consecuencia del servicio a efectos de percibir la pensión extraordinaria de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio.

La Sala ha dictado dos sentencias en las que reconoce el derecho al cobro de una pensión de estas características, cuya base de cálculo es del 200 por 100, a un funcionario de prisiones y a una guardia civil al considerar que los accidentes que sufrieron en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo fueron como consecuencia del servicio.

TJUE. Exclusión del complemento por aportación demográfica a mujeres que se jubilaron anticipadamente por voluntad propia: la Directiva 79/7/CE no garantiza el principio de igualdad entre personas del mismo sexo

Complemento por aportación demográfica. Mujer sonteniendo la mano de una mujer mayor con expresión de preocupación

Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social. Discriminación por razón de sexo. Complemento por aportación demográfica. Normativa nacional que concede un complemento de pensión por maternidad a mujeres que hayan tenido determinado número de hijos. Exclusión de dicho complemento a mujeres que se jubilan anticipadamente por voluntad propia. Solicitante con tres hijos. Sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2019, Asunto C-450/18, que consideró que el artículo 60 del TRLGSS constituye una discriminación directa por razón de sexo, prohibida por la Directiva 79/7/CE.

TS. Desempleo. Impugnación de sanción que extingue la prestación. Puede accederse al recurso de suplicación si el gravamen supera los 3.000 euros

TS. Desempleo. Impugnación de sanción que extingue la prestación. Imagen de una pista de atletismo

Desempleo. Acceso al recurso de suplicación cuando el objeto del litigio es la impugnación de una sanción administrativa consistente en la pérdida de la prestación y devolución de cantidades indebidamente percibidas.

Si lo que se impugna son actos administrativos en materia laboral o de Seguridad Social se atiende, a los efectos del recurso, al contenido económico de la prestación o del acto objeto del proceso, en su caso, en cómputo anual; al valor económico de lo reclamado o a la diferencia con lo reconocido en vía administrativa, cuando lo que se pretende es el reconocimiento de un derecho o de una situación jurídica individualizada; y al contenido económico del acto cuya anulación se pretende, incluidos los actos de carácter sancionador, como el que nos ocupa.

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