Las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, de Norte a Sur, de Oeste a Este, confirman que toda la contratación temporal española, pública y privada, está afectada por la no pequeña «revolución jurídico-interpretativa» provocada por la jurisprudencia comunitaria. Las recientísimas sentencias del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Social, de 18 de octubre de 2016, Rec. 1872/2016 (para el sector privado) y Rec. 1690/2016 (para el sector público), consumando la tesis maximalista de la identidad de causa extintiva de los contratos de duración determinada con el despido objetivo, han abierto una etapa de alta inseguridad jurídica, que ni el Tribunal Supremo podrá cerrar, sólo el legislador con una reforma socialmente consensuada. A ello contribuirá el favor judicial que también comienza a tener, en el orden contencioso-administrativo (STSJ de Andalucía/Sevilla de 30 de septiembre de 2016, Rec. 221/2016), la sanción de «indefinido no fijo» para el personal con nombramiento estatutario, una vez abierta la espita para ello por esa misma jurisprudencia comunitaria.
La Revista de Trabajo y Seguridad Social del CEF, de la mano de su Director, el profesor Cristóbal MOLINA NAVARRETE, abordará ampliamente esta cuestión en la sección destinada a «Foro de Debate» del próximo número de noviembre.