Fijados los límites máximos de copago en la prestación farmacéutica ambulatoria aplicables a partir de 1 de febrero de 2013
Enviado por Editorial el Jue, 31/01/2013 - 11:46- El importe máximo a cargo de usuarios y beneficiarios de medicamentos y productos sanitarios de aportación reducida será de 4,20 euros
- Los límites máximos de aportación mensual en la prestación farmacéutica ambulatoria para los pensionistas y sus beneficiarios se fijan en 8,14 €, 18,32 € y 61,08 €.
La Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, fija en 4,20 euros la aportación máxima a soportar por usuarios y beneficiarios en el copago de medicamentos y productos sanitarios de aportación reducida, y establece en 8,14 €, 18,32 € y 61,08 €, los límites máximos de aportación mensual en la prestación farmacéutica ambulatoria para los pensionistas y sus beneficiarios.