Procedimiento de oficio y visita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Enviado por rocio el Jue, 25/11/2010 - 10:25
Buenos dias,
soy empresaria, en un negocio de hostelería, la duda que tengo es que el otro día vino un Subinspector de Empleo a mi local, y pudo comprobar que en ese momento se encontraba trabajando un empleado sin contrato de trabajo, la cosa es que me han dicho que puede iniciarse un procedimiento judicial de oficio por esa causa, es cierto?
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Resolución firme de la ITSS
Buenos días!
El Juzgado de lo Social podrá instar de oficio (él mismo) procedimiento judicial siempre que previamente la Inspección de Trabjo dictara Resolución firme derivadas de Actas de Infracción en las que se aprecien perjuicios económicos para los trabjadores, en este caso, mediante sentencia pueden obligarte al pago de las cotizaciones a la Seguridad Social que no hayas pagado durante todo el período en que no diste de alta al trabjador, así como tambien, si es trabjador extranjero, pueden multarte y tener que pagar una determinada cantidad baremada en la LISOS, dependiendo de si el trabajador tenía o no autorización para trabajar.
un saludo!